RAWSON, 03 DIC 2021

VISTO:

Los Expedientes N° 1256 MIEyP/IPV-2021 y 3212-MIEP-2021; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 263, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados; modificada por la Ley II N° 271, para el ejercicio 2021;
Que por el Expediente N° 1256-MIEyP/IPV-21, el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano solicita la compensación presupuestaria entre programas, a efectos de contar con saldos positivos en el ejercicio;
Que por el Expediente N° 3212-MIEP-2021, el Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, solicita incremento y modificación presupuestaria a los efectos de poder registrar el Plazo Fijo y los intereses que este genera en la Fuente de Financiamiento 5.03;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso b) de la Ley II N° 263, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos con fines específicos cuando la proyección de los mismos supere el monto originalmente previsto; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Incorporase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2021, la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUATRO ($ 23.074.104,00) en la Jurisdicción 8,. S.A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 4 que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 8,
5. A.F. 88 - SAF Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación y S.A.F.302- SAF Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 3, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1196/21