RAWSON; 07 DIC 2021

VISTO:

El Expediente N° 72-2021- SGPyME, la Resolución 10/2021-SGPyME y la Resolución 13/2021-SGPyME; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la licitación pública N° 01/21 - SGPyME que tiene por objeto la contratación del servicio de Infraestructura de Servidores en la Nube para Expediente Digital, con los Pliegos de Bases y Condiciones y de Especificaciones Técnicas aprobados por Resolución N° 04/2021 - SGPyME agregados en las fojas 35/70 del citado Expediente, rectificada por la Resolución N° 05/21 SGPyME obrante a fojas 76/77;
Que el procedimiento licitatorio se efectuó en el marco previsto por la Ley II N° 76 y su Decreto Reglamentario N° 777/06;
Que habiendo ocurrido todos los pasos procesales previos a la adjudicación y, en tiempo oportuno se expidió la Comisión de Preadjudicación aconsejando el fracaso de la misma en razón de las observaciones que efectuara Fiscalía de Estado;
Que mediante la Resolución N° 10/2021 - SGPyME, de fecha 19 de noviembre de 2021, se declaró fracasada la Licitación Pública N° 01/21-SGPyME;
Que el artículo 95, inciso c), apartado 4 autoriza a contratar en forma directa cuando. “Cuando una licitación o concurso hayan resultado fracasados o desiertos, excepto cuando el fracaso se debiere a inconveniencia del precio. En la contratación deberán establecerse las mismas condiciones, requisitos y especificaciones que las fijadas en. los trámites declarados fracasados o desiertos. ”
Que por la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado se ha efectuado invitación a cotizar a tres (3) firmas con el pedido de cotización y los requisitos y especificaciones fijados en el proceso licitatorio fracasado y en concordancia con los requerimientos necesarios para el sistema de Gestión de Documentos Electrónicos;
Que fueron recibidas ofertas de las firmas BGH Tech Partner S.A. y CITIKON S.A., las que fueron analizadas por el Subsecretario de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, quien recomendó la contratación de la firma CITIKON S.A, por ser la oferta más conveniente, económica y técnicamente a los intereses de la provincia;
Que conforme lo previsto por el Artículo 5o, 2o y 3o párrafo, del Anexo I del Decreto N° 777/06, y habiendo fracasado la Licitación 01/2021-SGPyME, resulta procedente la contratación directa en el marco de lo dispuesto por el Artículo 95° inciso c) apartado 4 de la Ley II N° 76;
Que la Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado ha señalado la urgencia de la presente contratación y la necesidad de realizarla en forma directa, así como la conveniencia de la contratación de CITIKON S.A., habiendo autorizado la contratación por la Resolución N° 13/2021 - SGPyME;
Que los montos expresados en DOLARES ESTADOUNIDENSES, con su equivalente en PESOS se cotizarán según la paridad cambiaría de la divisa norteamericana tipo vendedor Banco Nación, correspondiente al día anterior a su efectivo pago, de acuerdo al artículo 20° del Decreto 777/06;
Que por aplicación del Artículo 105° de la Ley II N° 76, la presente contratación debe ser aprobada por el Poder Ejecutivo Provincial;
Que en el presente trámite ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: APRUEBASE la contratación directa, de conformidad al artículo 95 inciso c) apartado 4 de la ley II N.° 76 y autorizada por Resolución N° 13/2021-SGPyME, con la firma CITIKON S.A., (C.U.I.T. N.° 30-68344489-4) con domicilio en Cerrito N° 1070, piso 1ro. de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la contratación del Servicio de Infraestructura de Servidores en la Nube para el Expediente Digital, por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETENTA Y OCHO (U$S 474.078,00), conforme los considerandos que anteceden y en el marco del pliego de bases y condiciones que se utilizaron en la Licitación Pública N° 01/21- SGPyME.
Artículo 2o: El gasto que demande el presente decreto, que asciende a PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON NOVENTA CENTAVOS ($ 51.935.244,90) se imputará en la Jurisdicción 26 - SAF 26 - Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado - Programa 01 - Actividad 01 - Inciso 3.4.6 - Ejercicio 2021 - Fuente de Financiamiento 111 - por la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 21.871.657,50), debiendo preverse el gasto para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.
Artículo 3o: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado En el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 4o: REGÍSTRESE, notifíquese, dese al Boletín Oficial, y cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO N° 1243/21