RAWSON, 14 DIC 2021
VISTO:
El Expediente N° 25-EGG- 2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados por los agentes Gabriela Romina SOSA y Federico FRIO, ambos revistan el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria de la Escribanía General de Gobierno, mensualizados mediante Decreto N° 634/15, a partir del Io de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2020;
Que asimismo se solicita aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados pol¬la agente María del Carmen VILLARROEL, cargo Ordenanza “A”, Código 1-016, Clase V, Agrupamiento Personal de Servicio, Planta Temporaria de la Escribanía General de Gobierno, mensualizada mediante Decreto N° 323/19, a partir del Io de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020;
Que se deberá prorrogar la mensualización de los agentes Gabriela Romina SOSA, Federico FRIC y María del Carmen VILLARROEL, a partir del Io de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que encontrándose reunidos en el caso los supuestos de hecho necesarios, resulta procedente exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por el Punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación de Punto 3) del mismo Artículo y norma legal;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 263;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 27: Escribanía General de Gobierno, Programa 21: Escribanía General de Gobierno, Actividad 1: Representación Notarial del Estado;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesto por él Punto 1) del Artículo 32° de la Ley I N° 18, por aplicación del Punto 3) del mismo Artículo y norma legal.
Artículo 2°.- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados por los agentes Gabriela Romina SOSA (DNI N° 33.392.510- Clase 1987) y Federico FRIC (DNI N° 31.636.859- Clase 1985), ambos revistan el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria de la Escribanía
General de Gobierno, mensualizados mediante Decreto N° 634/15, a partir del Io de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Artículo 3°- Aprobar lo actuado en relación a los servicios prestados por la agente María del Carmen VILLARROEL (DNI N° 27.403.600- Clase 1980), cargo Ordenanza “A”, Código 1-016, Clase V, Agrupamiento Personal de Servicio, Planta Temporaria de la Escribanía General de Gobierno, mensualizada mediante Decreto N° 323/19, a partir del Io de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020.
Artículo 4°.- Prorrogar la mensualización de los agentes Gabriela Romina SOSA (DNI N° 33.392.510- Clase 1987) y Federico FRIC (DNI N° 31.636.859- Clase 1985), ambos revistan el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, y María del Carmen VILLARROEL (DNI N° 27.403.600- Clase 1980) cargo Ordenanza “A”, Código 1-016, Clase V, Agrupamiento Personal Servicio, de la Planta Temporaria de la Escribanía General de Gobierno, a partir del Io de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 27: Escribanía General de Gobierno, Programa 21: Escribanía General de Gobierno, Actividad 1: Representación Notarial del Estado. Ejercicio 2021.
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en .el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N° 1276/21