RAWSON, 20 DIC 2021
VISTO:
El Expediente N° 2867-MGyJ-2021; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la incorporación a la Planta Transitoria en la Dirección General de Acceso a la Justicia dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Ian Khalil CASCO, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021;
Que atento a ello se hace necesario modificar la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 33: Justicia Social, Actividad 3: Políticas Penitenciarias y Reinserción Social y Actividad 2: Fondo para Compensación de Victimas - Ley I N° 284;
Que se hace necesario modificar el Plantel Básico de la Dirección General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social, eliminándose un (1) cargo Planta Transitoria con funciones profesionales e incrementándose el mismo cargo con funciones administrativas en la Dirección General de Acceso a la Justicia dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que se establece que el señor Ian Khalil CASCO, percibirá por el cumplimiento de sus funciones administrativas una remuneración de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 29.500,19);
Que la Ley II N° 263 en su Artículo 13°, Inciso 1) Apartado a) Punto 5) faculta al Poder Ejecutivo a transferir cargos entre distintas categorías Programáticas y Jurisdicciones, y/o modificar los totales siempre que se realicen dentro del mismo escalafón y el costo de la sumatoria de las modificaciones no dé resultado positivo;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 263;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 33: Justicia Social, Actividad 2: Fondo para Compensación de Victimas - Ley I N° 284;
Que la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno, ha intervenido en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E T A :
Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 33: Justicia Social, Actividad 3: Políticas Penitenciarias y Reinserción Social y Actividad 2: Fondo para Compensación de Victimas - Ley I N° 284.
Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Dirección General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social, eliminándose un (1) cargo Planta Transitoria con funciones profesionales e incrementándose el mismo cargo con funciones administrativas en la Dirección General de Acceso a la Justicia dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia, conforme a los Anexos I y II que forman parte integrante del presente Decreto.
Artículo 3°.- Incorporar a la Planta Transitoria creada por la Ley I N°341 del Digesto Jurídico, su modificatoria y Decreto Reglamentario N° 1335/07, en la Dirección General de Acceso a la Justicia dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Ian Khalil CASCO (DNI N° 37.148.987 - Clase 1993), a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2021.
Artículo 4°.- La remuneración mensual a percibir por el cumplimiento de funciones administrativas del señor Ian Khalil CASCO (DNI N° 37.148.987 - Clase 1993), será de PESOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS CON DIECINUEVE CENTAVOS ($ 29.500,19).
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Ju-risdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 33: Justicia Social, Actividad 2: Fondo para Compensación de Victimas - Ley I N° 284. Ejercicio 2021.
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Esta do en los Departamentos 4e Gobierno y Justicia y Economía y Crédito Público.
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, molifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido.ARCHIVESE.
DECRETO N° 1294/21