RAWSON, 0 7 ABR 2022
VISTO:
El Expediente N° 000090/2022 - MTyAP; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Expediente citado en el Visto tramita la designación en el cargo de Directora General de Planificación y Desarrollo Turístico dependiente de la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, de la Licenciada Gissela Anahí Huayquimilla, quien reúne las condiciones y requisitos necesarios exigidos para dicho cargo, a partir del día 01 de febrero del año 2022;
Que el oargo en la Dirección General de Planificación y Desarrollo Turístico dependiente de la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, se encuentra vacante conforme surge de la Resolución XXVII N° 04;
Que se deberá otorgar y abonar el Adicional por Jerarquía Profesional conforme lo establecido en el Artículo 22° - inciso f), respectivamente de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81, a la Licenciada Gissela Anahí Huayquimilla;
Que corresponde otorgar eficacia retroactiva al presente acto, conforme lo previsto por el Artículo 32° de la Ley I N° 18;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Desígnese en el cargo de Directora General de Planificación y Desarrollo Turístico dependiente de la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas a la Licenciada Gissela Anahí Huayquimilla (M I N° 35.382.059 - Clase 1990) a partir del 01 de febrero del año 2022.-
Articulo 2°.-Otorgar y abonar el Adicional por Jerarquía Profesional conforme lo establecido en el Articulo 22° - inciso f), respectivamente de la Ley I N° 74, reglamentado por el Decreto N° 1330/81, a la Licenciada Gissela Anahí Huayquimilla, a partir de la fecha de su designación.-
Articulo 3°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado en la jurisdicción: 80: Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - SAF: 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa: 17 - Turismo - Actividad 2: Planificación y Desarrollo Turístico - Ejercicio: 2022.-
Articulo 4°.-El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros
Secretarios d o en los Departamentos de Turismo y Áreas
y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Articulo 5°.- Ristrese, comuniqúese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y
cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 289/2022