RAWSON, 1 1 FEB 2022

VISTO:

El Expediente N° 2614/21 M.S - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697, Ley I N° 706 y Ley I N° 717; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado de las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto;
Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en los distintos establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud y en el Artículo 3o de la Ley I N° 717;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 274;
Que mediante Expediente N° 3528/21 MS, tramita la adecuación de cargos a la Planta Temporaria y Permanente de este Ministerio que permitirá el dictado de la presente;
Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Mensualízase a las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, en los cargos Agrupamiento, Clase, Grado, Categoría y Régimen Horario que en cada caso se indica, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones en distintos establecimientos hospitalarios dependientes del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2022.
Artículo 2o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 - Gastos en Personal
- Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativo Financiero 72
- Programa 19 - Atención Médica Hospital de Trelew - Actividad 1 - Atención Médica Hospital de Trelew, del Servicio Administrativo Financiero 78 - Programa 16 - Atención Médica Zona Noreste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noreste, del Servicio Administrativo Financiero 71 - Programa 23 - Atención Médica Hospital de Rawson - Actividad 1 - Atención Médica Hospital de Rawson, del Servicio Administrativo Financiero 75 - Programa 21 - Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia - Actividad 1 - Atención Médica Hospital Comodoro Rivadavia, del Servicio Administrativo Financiero 74 - Programa 17 - Atención Médica Zona Sur - Actividad 1 - Atención Médica Zona Sur, del ejercicio del año 2022.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Crédito Público y de Salud
Artículo 4°./Regístrese, comuniques^ notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 93/2022


ANEXO I

NOMBRE Y APELLIDO M.I. N° CLASE FUNCION

PONCE, Noelia Luciana 32.741.810 1987 Médico
MICHELENA, Marianela Romina 37.148.839 1993 Lic. en Hemoterapia
LEAL, Marta de los Angeles 23.657.133 1974 Enfermero/a
SCHATTMANN, Natali 33.245.121 1987 Médico
RODRIGUEZ RODRIGUES, Alejandro M M. 29.593.646 1982 Médico
NÚNEZ, Dalma Geraldine 33.616.742 1988 Servicios Generales