RAWSON, 0 4 MAY 2022

VISTO:

El Expediente N° 613/22 M.S - Ley I N° 677, prorrogada por Ley I N° 697, Ley I N° 706 y Ley I N° 717; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se gestiona la incorporación como personal mensualizado del señor AMANDI, Rodrigo Ignacio en el cargo Agrupamiento C, Clase II, Grado I, Categoría 4, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones como Administrativo en Nivel Central del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto;
Que la incorporación resulta necesaria a los fines de garantizar la mejor cobertura de la Atención Primaria de la Salud en Nivel Central del Ministerio de Salud;
Que el trámite se encuentra contemplado por el Artículo 133° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud y en el Artículo 3o de la Ley I N° 717;
Que mediante Expediente N° 505/22 M.S., tramita la adecuación de cargos a la Planta Temporaria y Permanente de este Ministerio que permitirá el dictado del presente;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 274;
Que en la vista concedida el servicio jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha efectuado el control de legalidad que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1º.- Mensualízase al señor AMANDI, Rodrigo Ignacio (Clase 1990 -M.I.N° 34.665.232) en el cargo Agrupamiento C, Clase II, Grado I, Categoría 4, con 30 horas semanales de labor, conforme a lo previsto en el Artículo 51° del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud (C.C.T.S), homologado por Resolución N° 164/13 STR, para cumplir funciones como Administrativo en Nivel Central del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto y hasta el 31 de Diciembre de 2022. Artículo 2o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la
Jurisdicción 70 - Ministerio de Salud - Partida 1.0.0 - Gastos en Personal - Partida Parcial 1.2.0 Personal Temporario, del Servicio Administrativa Financiero 70 - Programa 1 - Conducción del Ministerio de Salud - Actividad 1 - Conducción delMinisterio de Salud, del ejercicio del año 2022.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de
Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, de Economía y Créditc
Público y de Salud.
Artículo 4º.- Regístrese, comuniqúese,\notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO Nº 379/2022