RAWSON, 04 MAY 2022


VISTO:

El Expediente N° 1043/2013 - D.P.A.P.E. - Ley I N° 677 - Prorrogada por Ley I N° 697, Ley I N° 706 y Ley I N° 717; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto se solicita la designación de la agente CORRIAS, Silvia Susana a cargo de la División Servicios Generales del Hospital Rural El Hoyo, dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud;
Que según lo informado en las presentes actuaciones la mencionada agente ha percibido remuneración emergente de los servicios prestados a cargo de la citada División a partir del 01 de marzo de 2016;
Que corresponde aprobar lo actuado a cargo de la citada División por la mencionada agente a partir del 01 de marzo de 2016 y hasta la fecha del presente Decreto;
Que conforme surge del Decreto N° 615/21, se reubicó a la agente CORRIAS, Silvia Susana en el Agrupamiento D, Clase II, Grado IV, Categoría 7 a partir del 01 de julio de 2021;
Que según lo informado a fojas 28 y 45 se abonarán las diferencias salariales y el cargo jefe de la División Servicios Generales del Hospital Rural El Hoyo, dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, teniendo en cuenta la categoría de revista anterior al 01 de julio de 2021 y la reubicación autorizada por el mencionado Decreto;
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo N° 62 del Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo;
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 274;
Que en la vista concedida el Servicio Jurídico del Ministerio de Salud se pronuncia sobre la viabilidad del trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1º.- Aprobar lo actuado por la agente CORRIAS, Silvia Susana (M.l. N°
18.009.566 Clase 1967) a cargo de la División Servicios Generales del Hospital Rural El Hoyo, dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 3 - Categoría 7 del cargo Agrupamiento D, Clase II, Grado III, Categoría 6 con 30 horas semanales de labor, Dedicación Funcional - Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo, en orden al periodo, a partir del 01 de marzo de 2016 y hasta el 30 de junio de 2021, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieran tener origen en el periodo objeto de aprobación.
Artículo 2°.- Aprobar lo actuado por la agente CORRIAS, Silvia Susana (M.I. N° 18.009.566 Clase 1967) a cargo de la División Servicios Generales del
Hospital Rural El Hoyo, dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 3 - Categoría 7 del cargo Agrupamiento D, Clase II, Grado IV, Categoría 7 con 30 horas semanales de labor, Dedicación Funcional - Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo, en orden al periodo, a partir del 01 de julio de 2021 y hasta la fecha del presente Decreto, sin perjuicio del eventual ejercicio de las facultades disciplinarias por hechos u actos que pudieran tener origen en el periodo objeto de aprobación
Artículo 3°.- Desígnese a la agente CORRIAS, Silvia Susana (M.I. N° 18.009.566
Clase 1967) a cargo de la División Servicios Generales del Hospital Rural El Hoyo, dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 3 - Categoría 7 del cargo Agrupamiento D, Clase II, Grado IV, Categoría 7 con 30 horas semanales de labor, Dedicación Funcional - Convenio Colectivo de Trabajo de Salud, homologado por Resolución N° 164/13 de la Secretaría de Trabajo, a partir de la fecha del presente Decreto.
Artículo 4°- La agente mencionada en el Artículo 3° continuará percibiendo la diferencia salarial existente entre su categoría de revista cargo
Agrupamiento D, Clase II, Grado IV, Categoría 7 con 30 horas semanales de labor, Dedicación Funcional - Convenio Colectivo de Trabajo de Salud y el cargo jefe de la División Servicios Generales del Hospital Rural El Hoyo, dependiente de la Dirección Provincial Área Programática Esquel del Ministerio de Salud, subrogando la Jerarquía 3 - Categoría 7, con 30 horas semanales de labor, de la misma norma legal.
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 — Ministerio de Salud - Partida Principal
1.0.0 - Gastos en Personal - Servicio Administrativo Financiero 76 - Programa 18 - Atención Médica Zona Noroeste - Actividad 1 - Atención Médica Zona Noroeste Noroeste, del Presupuesto para el año 2022.
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia, y de Salud.
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y
Cumplido; ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 380/2022