RAWSON, 0 4 MAY 2022
VISTO:
El Expediente N° 772-MIEP-22; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto se tramita la designación de la Abogada María Emilia ABAL en el cargo Directora General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, a partir del 10 de marzo de 2022;
Que dicho cargo se encuentra vacante y la Abogada María Emilia ABAL reúne los requisitos para ocupar el cargo;
Que la citada profesional percibirá el Adicional por Jerarquía Profesional establecido en el Artículo 22° - inciso f) de la Ley I N° 74, a partir del 10 de marzo de 2022;
Que encontrándose reunidos en el caso los supuestos de hecho necesarios, resulta procedente otorgar eficacia retroactiva al acto conforme lo previsto en el Artículo 32° de la Ley I N° 18;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente trámite, se imputará a la Jurisdicción 8: Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 88 - Programa 1: Conducción del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha intervenido en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA
Artículo 1°.- Designar a la Abogada María Emilia ABAL (M.I N° 28.128.905 - Clase 1980) en el cargo Directora General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho - Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación, a partir del 10 de marzo de 2022.-
Artículo 2°.- La citada profesional percibirá el Adicional por Jerarquía Profesional establecí
do en el Artículo 22° - inciso f) de la Ley I N° 74, a partir del 10 de marzo de 2022.-
Artículo 3o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Ju-risdicción 8: Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - SAF 88 - Programa 1: Conducción del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación.-
Artículo 4o.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de
Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación y de Gobierno y Justicia
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
DECRETO Nº 392/2022