RAWSON, 1 9 MAY 2022
VISTO:
El expediente N° 781/2019-STR; y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de la Asociación Obrera Textil de la República Argentina (AOT) y del Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA) en representación de los trabajadores dependientes de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A., en el marco del Decreto Provincial N° 837/14;
Que mediante el referido acto se propicia el otorgamiento de una ayuda social directa a los trabajadores de las empresas que, en situación de crisis manifiesta, han ingresado en estado de cesación de pagos de haberes;
Que el sector textil se encuentra atravesando una difícil crisis económica, convirtiéndose en un conflicto social en la ciudad de Comodoro Rivadavia;
Que es interés manifiesto del Estado Provincial, dentro de sus facultades legales, el arbitrar los medios para anticiparse a los conflictos y ofrecer soluciones a las controversias que pudieran acontecer, amalgamando los intereses de los distintos sectores y articulando las políticas públicas con el sector privado, instalando en la sociedad el concepto de “Paz Social” por el cual se ofrece una cobertura más amplia para todos los sectores;
Que éste Gobierno procura arbitrar soluciones en relación a las carencias y problemáticas que surgen, brindando contención económica para los trabajadores afectados;
Que la Provincia del Chubut, atendiendo la magnitud del conflicto suscitado y las posibilidades presupuestarias de la Provincia, otorgará una ayuda social directa a los trabajadores afectados, individualizados en el Anexo I del presente Decreto, por la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000) por trabajador, por un total de SESENTA Y UN (61) trabajadores, por el periodo correspondiente al mes de Diciembre del año 2021;
Que resulta de público y notorio conocimiento el estado de situación imperante en la firma GUILFORD ARGENTINA S.A.;
Que conforme surge de la documentación adunada en autos se encuentran debidamente cumplimentados los recaudos legales establecidos en el Artículo 2 del Decreto N° 837/2014;
Que con el objetivo primero de salvaguardar el bienestar de los trabajadores involucrados, la subsistencia de las familias chubutenses interesadas, y promover la paz social, corresponde el otorgamiento solicitado;
Que la Secretaría de Trabajo destinará los fondos necesarios para afrontar la erogación que demande el presente;
Que no existen impedimentos formales ni legales para el dictado del presente acto administrativo;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General del Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º: OTORGUESE una ayuda social directa a los trabajadores de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A. individualizados en el Anexo I que forman parte integrante del presente Decreto, por la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000) cada uno, por un total de SESENTA Y UN (61) trabajadores, ascendiendo a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL ($366.000), por el período correspondiente al mes de Diciembre del año 2021 .-
Artículo 2o: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, y que asciende a la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y
SEIS MIL ($366.000) se imputará con cargo en la Jurisdicción 15- SAP 15- Secretaría de Trabajo- Programa 17- Programa de Asistencia Laboral/ 00/ 00/ A04 - Trabajar para lncluir/5 - Transferencias/1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes/ 4- Ayuda social a personas/ 01 - Fuente de Financiamiento 3.47 -Ejercicio 2022.-
Artículo 3o: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°:REGÍSTRESE, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 487/2022
ANEXO I
CUIL APELLIDO Y NOMBRE
20239051570 ALMENDRA ARIEL HIPOLITO
20295852411 ALMONACID ALEJANDRO SANTIAGO
20298582563 ANGEL OMAR JESUS
20248655578 AVILA ALBERTO MIGUEL
20262199070 BENICIO JUAN JOSE
20171297703 BORUTA PABLO GERARDO
20176228947 CABRERA LUIS OSCAR
20184602548 CARRIZO RUBEN OMAR
24254375167 CHAILE ADRIAN RODOLFO
20295659069 CRUZ DIEGO FERNANDO
20257220207 DELGADO LUIS FERNANDO
27292394832 DIAZ MARISA DEL CARMEN
20170607806 ESCALANTE PEDRO FRANCISCO
20271981318 ESPINOZA RICARDO ANDRES
20243028362 FLORENTINO SERGIO MARTIN
23163637669 FONTEÑEZ MARCOS ARMANDO
23232865369 GALLARDO MARCOS ANTONIO
20313508146 GIANELLI MARTIN EMILIANO
20255731867 GODOY MARCELO DARIO
20261414067 GONZALEZ JORGE ALBERTO
20180924214 GONZALEZ LUIS RICARDO
20174464384 HERNANDEZ JOSE RAUL
20186535880 HERRERA CASAS MANUEL ALBERTO
20309550715 IGOR CORDOBA FRANCO HERNAN
20334710964 INSAURRALDE JULIO CESAR
20181231069 LEIVA GERARDO
20177294099 MAMANI ERNESTO DOMINGO
20250645822 MAMAMI JOSE HERNAN
20363344780 MANSILLA CRISTIAN HERNAN
20269963566 MANSILLA CESAR DANIEL
20160017113 MORALES AGUSTIN ROBERTO
20233899047 PALACIO DARDO ALBERTO
23309109279 PEREA LEANDRO RODRIGO
20205897462 QUISPE ANTONIO AMADO
20927177944 RADDATZ ALMONACID EUGENIO ENRIQUE
23171293049 RAMOS RAMON DOMINGO
20173414871 REALES JOSE HORACIO
20229346645 REDEL VICTOR ALFREDO
20284034997 REYES JUAN RUBIN
20286472452 RIVAROLA JUAN DE LA CRUZ
23179919079 RUIZ MIGUEL ANGEL
23290904919 SANCHEZ DAVID ALBERTO
20369032039 SANCHEZ SACHA BENJAMIN
20347735443 SEGOVIA LEONARDO FABIAN
20305784614 TORALES FABIAN EDUARDO
23256973359 VERA CARLOS GABRIEL
20259621209 VIAN HUMBERTO MARTIN
20168774169 VIDAL RUBEN ALFREDO
20268928929 ZARATE EDGARDO IVAN
20163633532 CARDENAS CARLOS OMAR
20200955022 DIAZ ALBERTO RUBEN
23138175979 GONZALEZ FAURISIANO NICOLAS
20243022127 LATORRE JOSE HERNAN
20289444808 MONZON GUSTAVO RAMON
20321191208 MARTINEZ DARIO
20144703635 QUINTAS HECTOR EDGARDO
20259014957 VANUFFELEN GUILLERMO ADRIAN
23284033949 VOSILA HICTOR NICOLIS
20160011247 GUICHAQUELEN JOSE VICTOR
20160011956 MARIPILLAN JORGE MAURICIO
20174737089 ARGOTA PABLO ALEJANDRO