L E Y V N° 183

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1°.- Consolidación Legislativa: Consolídanse las leyes y normas sancionadas, promulgadas y publicadas entre el día 1º de septiembre de 2021 hasta el día 28 de febrero de 2022 inclusive, y aquellas normas modificadas y revividas por éstas, de carácter general y permanente y sus respectivos textos, ordenados temáticamente, sistematizados, actualizados, fusionados y corregidos, conforme el listado del Anexo Ay cuerpos normativos del Anexo B; incorporándolas al Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut, aprobado por la Ley V N°120 (Antes Ley N°5816).
Artículo 2°.- Normas Particulares: Apruébese el listado de normas particulares de la Rama XXVI, que se identifica como Anexo C, y que forma parte integrante de la presente Ley.
Artículo 3°.- Caducidad: Declárase la caducidad por objeto cumplido y vencimiento de plazo de las leyes y normas que surgen del listado del Anexo D, que integra esta Ley y que no integran el Digesto Jurídico, incorporándolas a los listados correspondientes.
Artículo 4°.-Abrogación expresa: Apruébese el listado de normas abrogadas expresamente, y abróguense las leyes que requieren expresa declaración, por considerárselas implícitamente abrogadas por normas posteriores a su vigencia; las que se detallan todas en el Anexo E, que integra la presente Ley, y que no integran el Digesto Jurídico, incorporándolas a los listados correspondientes.
Artículo 5°.-Leyes no vigentes: Consérvense en un cuerpo histórico de consulta, las leyes y normas de igual jerarquía que han perdido vigencia por causales objetivas o como consecuencia de esta Ley de Consolidación Legislativa.
Artículo 6°.- Fe de Erratas: Corrígense los artículos 2o, 6o, 7o bis y 7o ter de la Ley XVIII N°105; todos ellos integrantes del Digesto Jurídico de la Provincia del Chubut, que quedarán redactados conforme surge del texto incorporado en el Anexo F.
Artículo 7°.- LEY GENERAL. Comuniqúese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDOS.

RAWSON, 3 0 MAY 2022


VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley de consolidación de las leyes y normas sancionadas, promulgadas y publicadas entre el día Io de septiembre de 2021 hasta el 28 de febrero de 2022, inclusive, de normas particulares, caducidad, abrogación expresa, leyes no vigentes, y fe de erratas; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 17 de mayo de 2022, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

Téngase por ley de la Provincia: V N° 1 8 3
Cumplase , comuniqúese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.

DECRETO N° 547/2022