RAWSON, 07 JUN 2022
VISTO:
El Expediente N° 623-SGG-2022; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la modificación de la Estructura Orgánica Funcional de la Secretaría General de Gobierno;
Que el Artículo 27° de la Ley I N° 667, faculta al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias y conducentes para adecuar la estructura orgánica, funcional y presupuestaria de las dependencias que integran los distintos Ministerios, Secretarías y Secretarías de Estado, pudiendo transferir dependencias, bienes patrimoniales y distribuir el personal necesario;
Que, en atención a lo expuesto en los Considerandos que anteceden, resulta necesario modificar la Estructura Orgánica Funcional de la Secretaría General de Gobierno, aprobada por Decretos Nros. 52/20, 530/20 y 1316/21 y 24/22 y la Estructura Orgánica Funcional de la Secretaria de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y cultura aprobada mediante Decreto N° 1081/20;
Que se deberá modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción: 10 - S.A.F: 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa: 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 4 - Administración de Personal - Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal y Programa: 18 - Servicio de lifnprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones, de acuerdo al Anexo N° I, II, III y IV;
Que corresponde modificar el Plantel Básico de la Secretaría General de Gobierno, eliminándose del Programa: 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones: un (1) cargo de Director de Impresiones Oficiales; del Programa: 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad 4: Administración de Personal: un (1) cargo Auxiliar Administrativo Código 3-004 - Nivel IV- Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente e incrementándose en el Programa: 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones: un (1) cargo de Director General; eliminándose del Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal : un (1) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente e incrementándose en el mismo Programa y Actividad: tres (3) cargos Jefe de Departamento-Clase II-Categoría 16-Agrupamiento Personal Jerárquico-Planta Permanente; eliminándose del Programa: 1 — Administración de Personal — Actividad: 4 -Administración de Personal: un (1) cargo Jefe de Departamento - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente e incrementándose el mismo cargo en el Programa: 3 - Despacho y Personal — Actividad: 1 - Despacho y Personal; eliminándose de la Jurisdicción: 9 - SAF: 9 - Programa: 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad: 1 Conducción Ministerio de Seguridad un (1) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, e incrementándose en el mismo cargo en la Jurisdicción: 10 - SAF: 10 - Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal, conforme surge de los Anexos N° I, II, III y IV, que forman parte integrante del presente Decreto;
Que se deberá aprobar y modificar, la nueva Estructura Orgánica Funcional de la Secretaría General de Gobierno, la cual quedará conformada de acuerdo al Anexo N° V, VI, Vil, VIII, IX y X, que forma parte integrante del presente Decreto;
Que resulta necesario modificar a partir de la fecha del presente Decreto, las misiones y funciones de la Dirección General de Administración de Personal y sus dependencias, de acuerdo al Anexo XI (hojas 1 a 25), que forma parte del presente Decreto;
Que el resto de la Estructura Orgánica Funcional continuará con sus misiones y funciones oportunamente aprobadas y con la dependencia orgánica aprobada por el presente Decreto;
Que se propicia el cambio de denominación del “Departamento Administrativo” a “Departamento Licencias” - Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno;
Que se crean el “Departamento Personal” y el “Departamento Grillas y Presupuesto”, los cuales dependerán de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno;
Que resulta pertinente modificar la dependencia orgánica funcional y las misiones y funciones del “Departamento Unidad Informática” - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, el cual pasará a denominarse “Departamento Administrativo” y dependerá de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno;
Que se elimina la “División Despacho” - Departamento Despacho - Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno;
Que se elimina la “División Fondo Rotatorio” - Departamento Fondo Rotatorio - Dirección de Coordinación Administrativa - Dirección General de Administración - Secretaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura;
Que se elimina la “Dirección de Impresiones Oficiales” - Subsecretaría de Relaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno;
Que se crea la “División Fondo Rotatorio” la cual dependerá del Departamento Tesorería - Dirección de Gestión Presupuestaria - Dirección General de Administración - Secretaría General de Gobierno;
Que se crea la Dirección General de Impresiones Oficiales - Subsecretaría deRelaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno;
Que las modificaciones de la Estructura que se proponen, serán a partir de la fecha del presente Decreto:
Que la Ley II N° 274, en su Artículo 13° - Punto 5), faculta al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en las Plantas de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no dé un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado mediante Ley II N° 274, Ejercicio 2022;
Que la Dirección General de Administración de Personal, interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1o.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la en la Jurisdicción: 10 - S.A.F: 10 - Secretaría General de Gobierno - Programa: 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 4 - Administración de Personal - Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal y Programa: 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones y Jurisdicción: 9 - Ministerio de Seguridad - SAF: 9 - Programa: 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad: 1 - Conducción Ministerio de Seguridad, de acuerdo al Anexo N° I, II, III y IV.-
Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico de la Secretaría General de Gobierno, eliminándose del Programa: 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones: un (1) cargo de Director de Impresiones Oficiales; del Programa: 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 4 - Administración de Personal: un (1) cargo Auxiliar Administrativo Código 3-004 - Nivel IV - Categoría 4 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente e incrementándose en el Programa: 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones: un (1) cargo de Director General; eliminándose del Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal : un (1) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente e incrementándose en el mismo Programa y Actividad: tres (3) cargos Jefe de Departamento - Clase II - Categoría 16-Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente; eliminándose del Programa: 1 - Administración de Personal - Actividad: 4 - Administración de Personal: un (1) cargo Jefe de Departamento - Clase II- Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente e incrementándose el mismo cargo en el Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal, eliminándose de la Jurisdicción: 9 - SAF: 9 - Programa: 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad: 1 Conducción Ministerio de Seguridad un (1) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria, e incrementándose en el mismo cargo en la Jurisdicción: 10 - SAF: 10 - Programa: 3 - Despacho y Personal - Actividad: 1 - Despacho y Personal conforme surge de los Anexos N° I, II, III y IV, que formán parte integrante del presente Decreto;.-
Artículo 3°.- Modificar y aprobar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Estructura Orgánica y Funcional de la Secretaría General de Gobierno, conforme a los Anexos V, VI, Vil, VIII, IX y X que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 4°.- Modificar a partir de la fecha del presente Decreto, las misiones y funciones de la Dirección General de Administración de Personal y sus dependencias, de acuerdo al Anexo XI (hojas 1 a 25), que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 5°.- Cambiar de denominación del “Departamento Administrativo” el cual pasará a denominarse “Departamento Licencias” - Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 6°.- Crear el “Departamento Personal” y el “Departamento Grillas y Presupuesto”, los cuales dependerán de la Dirección de Despacho y
Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 7°.- Modificar la dependencia orgánica funcional y las misiones y funciones del “Departamento Unidad Informática” - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, el cual pasará a denominarse “Departamento Administrativo” y dependerá de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 8o.- Eliminar la “División Despacho” - Departamento Despacho - Dirección de
Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría Genera de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decretos-
Artículo^.- Eliminar la “División Fondo Rotatorio” - Departamento Fondo Rotatorio - Dirección de Coordinación Administrativa - Dirección General de
Administración - Sápfetaría de Ciencia, Tecnología, Innovación Productiva y Cultura, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 10°.- Eliminar la “Dirección de Impresiones Oficiales” - Subsecretaría de Relaciones Institucionales - Secretaría General de Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 11°.- Crear la “División Fondo Rotatorio” la cual dependerá del Departamento Tesorería - Dirección de Gestión Presupuestaria - Dirección General de
Administración - Secretaria General de Gobierno , a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 12°.- Crear la “Dirección General de Impresiones Oficiales” la cual dependerá de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales - Secretaría General de
Gobierno, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Artículo 13°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, se imputará en la Jurisdicción: 10 - S.A.F: 10 - Secretaría General de Gobierno -
Programa: 1 - Conducción de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 1 - Conducción, Ejecución y Administración de la Secretaría General de Gobierno - Actividad: 4 - Administración de Personal - Programa: 3 - Despacho y Persona! - Actividad: 1 - Despacho y Personal y Programa: 18 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Actividad: 1 - Servicio de Imprenta y Publicaciones - Ejercicio 2022-
Artículo 14°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y Justicia y de Economía y Crédito Público. -
Artículo 15°.- Regístrese, comuniqúese, notifíquese, dese al Boletín Oficial cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 608/2022
Planillas anexas en el original.
ANEXO N° XI
Hoja N° 01
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
MISIÓN:
Elaborar las políticas a aplicar por los componentes del sistema de Administración de Personal, de la Administración Pública Provincial, organizando, planificando, efectuando, supervisando y controlando su desarrollo como así también interviniendo como organismo central de personal, en los Organismos Sectoriales cuando ello redunde en una mejor aplicación de dicho sistema.
FUNCIONES:
Proponer las medidas tendientes a cumplimentar las políticas establecidas en materia de administración de personal.
Coordinar, supervisar y asistir en el funcionamiento de los organismos sectoriales de personal, interviniendo en forma directa de los mismos cuando tal medida garantice una mejor aplicación del sistema de la Administración de personal.
Elaborar las normas estatutarias y escalafonarias.
- Asesorar y dictaminar en lo referente a propuestas, modificaciones y/o interpretaciones de procedimientos, normas estatutarias y escalafonarias en materia de personal.
Intervenir, y dictaminar en toda problemática o reclamo que planteen referidos a la administración de personal.
- Analizar el régimen orgánico funcional de la Administración Pública Provincial, sus misiones y funciones, asignación, distribución de tareas y planteles de personal y fijar los procedimientos para su confección.
Participar y asesorar en la distribución de los cargos aprobados para la Administración Pública Provincial.
- Coordinar la implementación de un sistema de legajos de personal digital para el personal de la Administración Pública Provincial.
- Asistir a los Ministerios, Secretarias de Estado, Órganos de la Constitución, Autárquicos y Descentralizados.
Proponer y ejecutar la aplicación de políticas directivas y normas referentes a la
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administración de recursos humanos.
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- Supervisar el funcionamiento de los -Organismos de Personal de todas las jurisdicciones.
- Mantener actúáljzado el sistema permanente de revisión del nomenclador de cargos y brindar apoyjq a los Organismos que lo requieran.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Secundario cc mpleto o diez (10) años de antigüedad en tareas afines.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 02
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO CONTRALOR ADMINISTRATIVO
MISIÓN:
Intervenir en el contralor administrativo de los trámites referidos al Personal en los
Entes Autárquicos, Descentralizados y Centralizados.-
FUNCIONES:
Controlar la formalidad de los proyectos de Decretos, Resoluciones y Disposiciones sometidas a la ¡intervención de la Dirección General.
Redactar informes respecto a las observaciones formuladas a los trámites intervenidos.
Proyectar notas, disposiciones, resoluciones y decretos referidos a la materia de su incumbencia.
Realizar toda otra tarea que le encomienden.
- Confeccionar 10 certificados de servicios de agentes y ex agentes de la Administración Pública.
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REQUISITOS PARA EL CARGO:
Titulo secundario completo o diez (10) años de antigüedad en la Administración
Pública Provincial.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 03
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO COORDINACIÓN
MISIÓN:
- Asistir a la Dirección General de Administración de Personal en las tareas que se le encomienden.
FUNCIONES:
Redactar Notas, Circulares, Memos o cualquier otro tipo de correspondencia solicitada por la Dirección General de Administración de Personal.
- Asistir a los Departamentos dependientes de la Dirección General de Administración de Personal que requieran apoyo.
- Conocer la reglamentación vigente en materia de Recursos Humanos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario Completo o diez (10) años de experiencia en tareas similares.
ANEXO N° XI
Hoja N° 04
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO FISCALIZACIÓN
MISIÓN:
Supervisar el funcionamiento de los organismos sectoriales de personal de acuerdo a las facultades conferidas por la ley vigente.
FUNCIONES:
Implementar programas o sistemas de Auditoría y supervisión de los Organismos Sectoriales.
Elaborar estadísticas de todo lo relativo al personal de la Administración Pública.
Controlar las incompatibilidades de la Administración Pública.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario completo o cinco (5) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.
ANEXO N° XI
Hoja N° 05
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO LEGAJOS
MISIÓN:
- Coordinar y controlar los legajos personales de los agentes de la Administración Pública Provincial, manteniendo actualizados los mismos e interviniendo en las certificaciones de servicios y antigüedad.
FUNCIONES:
Llevar actualizados los legajos individuales del personal dependiente de la Administración Pública Provincial.
Llevar a cabo la digitalización de los legajos.
- Supervisar las tareas referentes al sistema de legajos de personal digital para el personal de la Administración Pública Provincial
- Supervisar la correcta confección de los legajos personales.
- Supervisar todas las certificaciones de servicios y antigüedad que soliciten los agentes y/o ex agentes de la Administración Pública Provincial.
Incorporar a los legajos personales los actos administrativos que correspondan.
Ser responsable del archivo de los legajos personales de los agentes y ex agentes de la Administración Pública Provincial y toda documentación agregada a Los mismos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Secundaria completa o diez (10) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.
ANEXO N° XI
Hoja N° 06
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIVISIÓN LEGAJOS
MISIÓN:
- Asistir al Departamento de Legajos, en Coordinar y controlar los legajos personales de los agentes de la Administración Pública Provincial, manteniendo actualizados los mismos e interviniendo en las certificaciones de servicios y antigüedad.
FUNCIONES:
Llevar actualizados los legajos individuales del personal dependiente de la Administración Pública Provincial.
Supervisar las tareas referentes al sistema de legajos de personal digital para el personal de la Administración Pública Provincial
- Supervisar la correcta confección de los legajos personales.
Supervisar todas certificaciones de servicios y antigüedad que soliciten los agentes y/o ex agentes de la Administración Pública Provincial.
- Incorporar a los legajos personales los actos administrativos que correspondan.
- Ser responsable del archivo de los legajos personales de los agentes y ex agentes de la Administración Pública Provincial y toda documentación agregada a los mismos.
Digitalización de los legajos.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario completo o diez (10) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.
ANEXO N° XI
Hoja N° 07
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DEPARTAMENTO MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS
MISIÓN:
- Asistir al Departamento Despacho en el ingreso y egreso de la documentación tramitada en la Dirección General de Administración de Personal.
FUNCIONES:
Llevar un registro del movimiento de la documentación que ingrese y egrese a la Dirección General bajo un sistema normalizado y sistematizado que permita una rápida detección y control de las tramitaciones.
Distribuir la documentación ingresada en las Direcciones que corresponda.
Realizar el archivo de los recibos de la documentación egresada de la Dirección General manteniéndolo ordenado y actualizado.
- Distribuir toda documentación intervenida por la Dirección General a las áreas que corresponda.
Proporcionar información sobre trámite y destino de los expedientes y actuaciones que ingresen o egresen.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Secundario Completo o cinco (5) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial con conocimientos de Personal
ANEXO N° XI
Hoja N° 08
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIVISIÓN MESA DE ENTRADAS Y SALIDAS
MISIÓN:
- Asistir al Departamento de Mesa de Entradas y salidas en el ingreso y egreso de la documentación tramitada en la Dirección General de Administración de Personal.
FUNCIONES:
Llevar un registro del movimiento de la documentación que ingrese y egrese a la Dirección General bajo un sistema normalizado y sistematizado que permita una rápida detección y control de las tramitaciones.
Distribuir la documentación ingresada en las Direcciones que corresponda.
Realizar el archivo de los recibos de la documentación egresada de la Dirección General manteniéndolo ordenado y actualizado.
Encargarse que toda documentación intervenida por la Dirección General sea distribuida a las áreas que corresponda.
Proporcionar información sobre trámite y destino de los expedientes y Actuaciones que ingresen o egresen.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario Completo o cinco (5) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial con conocimientos de PC.
ANEXO N° XI
Hoja N° 09
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE CONTRALOR Y ASESORAMIENTO LEGAL
MISIÓN:
Intervenir, coordinar, fiscalizar y controlar los actos Administrativos y procedimientos vinculados a la Administración de Personal del Estado Provincial.
FUNCIONES:
Intervenir en los actos administrativos a efectos de observar el cumplimiento de las normas de procedimientos, legislación que regulan el ingreso, su permanencia Y egreso de los agentes públicos.-
Coordinar los aspectos funcionales y operativos de las dependencias de la Dirección General, articulando las relaciones institucionales con los Organismos sectoriales de Administración de Personal.
Controlar el ordenamiento administrativo y técnico legal de los Organismos autárquicop y/o Descentralizados en toda la temática vinculada a la Administración de Person al, conforme a las facultades otorgadas por las Leyes vigentes.-
REQUISITOS PARA EL CARGO:
f’oseer titilo Abogado o cinco (5) años de experiencia en la Administración Pública.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 10
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE CONTRALOR y ASESORAMIENTO LEGAL
DEPARTAMENTO ASESORAMIENTO LEGAL ADMINISTRATIVO
MISIÓN:
- Asistir a la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal, en el control de los actos administrativos y procedimientos vinculados con la administración de personal del Estado Provincial.
FUNCIONES:
Coordinar con las Áreas respectivas, la recopilación de la legislación que reglamenta el ingreso, la permanencia y el egreso de los agentes públicos, a fin de mantener las mismas actualizadas.-
- Verificar el cumplimento de las citadas normas en los proyectos de acto administrativo que ingrese para la intervención de la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal.
Intervenir los actos Administrativos y proyectar los Dictámenes que le sean requeridos
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título de Abogado y dos (2) años de experiencia en la Administración Pública.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 11
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN TÉCNICA
MISIONES:
Prestar apoyo y asistencia en conjunto con la Dirección de Contralor y Asesoramiento Legal, a la Dirección General en el desarrollo del sistema de administración de personal, intervenir en el análisis del sistema orgánico-funcional de la Administración Pública Provincial, sus misiones y funciones, distribución de tareas, planteles Básicos.-
Ejecutar y coordinar los Programas de informatización de datos de la Dirección General.-
Estudiar, elaborar y proponer las normas para la aprobación de planteles básicos, redacción de estructura orgánico-funcionales y llevar actualizado los registros correspondientes de cada área para el corrector control.-
Intervenir en la confección y aprobación de los planteles básicos conforme a la Ley de Presupuesto actual, supervisar la creación, modificación o eliminación de estructuras orgánico-funcionales de la Administración Pública Provincial.-
Prestar el apoyo técnico en conjunto con la Dirección de Contralor y Asesoramiento legal, a la Dirección General de Administración de Personal.-
Intervenir en todos los trámites controlando la aplicación de normas vigentes en materia de Administración de Personal, referido a su área de competencia que ingresen a la Dirección General para su intervención.-
- Controlar el Presupuesto de Cargos conforme a la distribución de cargos de la administración Pública Provincial.-
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario Completo o diez (10) años de antigüedad de tareas relacionada con la materia.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 12
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN TÉCNICA
DEPARTAMENTO COORDINACIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA
MISIÓN:
- Asistir a la Dirección Técnica en la evaluación de los trámites de gestión del recurso Humano, articulando la Dirección General de Administración de Personal.
FUNCIONES:
- Coordinar con las áreas respectivas, la recopilación de la legislación que reglamenta el ingreso, la permanencia y el egreso de los agentes públicos, a fin de mantener la misma actualizada.
- Verificar que la promoción del Recurso Humano que fuera propuesta por la Administración Pública se ajuste a las expectativas de la jurisdicción promotora, sobre dicha área.
Dirigir la gestión administrativa-técnica de la Dirección.-
Prestar colaboración cuando le sea requerida en la Administración de personal en lo referente a Planteles Básicos, Estructuras orgánicas, misiones y funciones, distribución de cargos.-
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario Completo o cinco (5) años de experiencia en la Administración Pública provincial.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 13
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN TÉCNICA
DEPARTAMENTO EJECUCIÓN ADMINISTRATIVA
MISIÓN:
- Asistir a la Dirección General en todas las funciones que le encomienden. FUNCIONES:
- Confeccionar notas, proyectar dictámenes conforme los lineamientos compartidos por la Dirección General.
- Llevar el registro de dictámenes y notas.
Recopilar, clasificar y archivar todas las Leyes Provinciales y directivas emanadas por la Dirección General.
Realizar toda otra tarea que le encomienden.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Titulo secundario completo o cinco (5) años de antigüedad en la administración Pública Provincial con conocimiento de PC.
ANEXO N° XI
Hoja N° 14
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
MISIONES:
Controlar la aplicación de las normas vigentes referidas a las áreas de personal y despacho y la liquidación de haberes en el ámbito de la Secretaría General de Gobierno.
FUNCIONES:
- Supervisar y controlar el trámite de ingreso, movimiento y baja de personal de la Secretaría General de Gobierno.
- Asesorar a todas las dependencias de la Secretaría General de Gobierno en los temas referidos a su área de competencia.
Conducir la aplicación de las directivas y políticas referidas a la Administración de Personal, régimen de licencias y franquicias en el ámbito de la Secretaría General de Gobierno.
- Supervisar la confección y actualización de legajo^ de personal.
- Coordinar la confección del presupuesto anual de cargos y coordinar la administración de recursos humanos de la Secretaría General de Gobierno.
- Coordinar la devolución de haberes del personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno.
- Supervisar y coordinar con el Departamento Control de cargos y masa salarial, la confección de costos y grillas de acuerdo a los requerimientos de cada cargo.
- Impartir directivas y asesoramiento de los temas competentes a su área. Elevar archivos de los legajos personales de todos Iqs agentes y ex agentes de la Secretaría.
Proyectar y tramitar e intervenir todo acto administrativo originado en el organismo de su competencia.
Proporcionar información sobre el trámite y destino de los expedientes Y actuaciones queí ingresen o egresen en la Secretaría General eje Gobierno.
- Recopilar y archivar las Leyes, decretos, resoluciones, disposiciones y convenios referidos a la Secretaría General de Gobierno
Dístrtibuir las actuaciones, asentar sus movimientos y efectuar los desgloses y agregados.
Ser responsable de la liquidación de los haberes que por todo concepto que cerne;, sondan al personal de la Secretaría General de Gobierno, excepto aquellos hébees liquidados por la Dirección General de Canal 7, dependiente de la Siibs^ qretaría de Información Pública.
S -ir e reemplazante natural del Director/a General de Administración de Personal.
REQUIS ¡TOS PARA CARGO:
Siipuiíário completo o tres (3) años de antigüedad en la Administración Pública.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 15
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO CONTROL ASISTENCIAL
MISIÓN:
- Conducir la aplicación de las normas, en materia de licencias, franquicias y Justificaciones en las áreas de la Secretaría General de Gobierno.
FUNCIONES:
- Coordinar con las dependencias de la Dirección General de Administración de Personal, el sistema a implementar del control y programación de licencias.
Ordenar y mantener actualizadas las fichas personales de los agentes.
Conducir la aplicación de las reglamentaciones vigentes en materia de licencias, franquicias y ausentismo.
Intervenir en la asignación de horas extras.
Intervenir en todo lo referente a la aplicación del régimen disciplinario, asesorando a las áreas que así lo requieran
- Colaborar con la Dirección General de Administración de Personal en la propuesta y aplicación de nuevas reglamentaciones referidas a licencias y franquicias.
Proponer y colaborar en la elaboración de directivas y circulares referidas al sector. Colaborar en el asesoramiento de las dependencias de la Secretaría General de Gobierno, sobre las normativas vigentes para franquicias y licencias, y su aplicación.
Intervenir en las resoluciones, disposiciones y/o Decretos de otorgamiento de licencias y franquicias de la Secretaría General de Gobierno.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario Completo o experiencia en la Administración Pública Provincial no inferior a diez (10) años.
ANEXO N° XI
Hoja N° 16
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO LICENCIAS
MISIÓN:
- Asistir al Departamento Control Asistencial y conducir la aplicación de las normas en materia de licencias, franquicias y justificaciones en las áreas de la Secretaría General de Gobierno.
FUNCIONES:
- Ordenar y mantener actualizadas las fichas personales de los agentes.
Conducir la aplicación de las reglamentaciones vigentes en materia de licencias, franquicias y ausentismo.
Intervenir en la asignación de horas extras.
Intervenir en todo lo referente a la aplicación del régimen disciplinario, asesorando a las áreas que así lo requieran.
- Colaborar con la Dirección General de Administración de Personal, en la propuesta y aplicación de nuevas reglamentaciones referidas a la licencia y franquicias. Proponer y colaborar en la elaboración de directivas y circulares referidas al sector.
- Colaborar con el asesoramiento de las dependencias de la Secretaría General de Gobierno, sobre las normativas vigentes para franquicias y licencias y su aplicación. Intervenir en las Resoluciones, Disposiciones y/o Decretos de otorgamiento de licencias y franquicias de la Secretaría General de Gobierno.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Secundario Completo o experiencia en la Administración Pública Provincial no inferior a diez (10) años.
ANEXO N° XI
Hoja N° 17
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCION DE DESPACHO y PERSONAL
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
MISIÓN:
Realizar todo trámite solicitado por la Dirección General de Administración de Personal.-
FUNCIONES:
Habilitar el registro central de Administración de Personal
Colaborar en la administración y mantenimiento del registro central.
Diagramar, coordinar e implementar sistemas en el área informática de la dirección General.
Llevar el registro de personal adherido a las leyes especiales.
- Intervenir en la implementación del sistema de legajos de personal digital para el personal de la Administración Pública Provincial.
- Asesorar a los sectoriales de personal sobre la implementación del legajo digital y la diagramación de los organigramas.
Colaborar en el análisis de procesos inherentes a la administración de personal, y participar en el diseño y/o rediseño de estos y armado de los manuales de procedimientos correspondientes.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
—
Secundario Completo y diez (10) años de antigüedad en la administración Pública Provincial.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 18
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO GRILLAS y PRESUPUESTO
MISIÓN:
Implementar y organizar el sistema de grilla salarial. Actualizar periódicamente el estado de las Plantas de Personal de las distintas Direcciones dependientes de la Secretaría General de Gobierno.-
FUNCIONES:
Realizar la implementación y organización del sistema de grilla salarial.
Efectuar el seguimiento y evaluación del sistema de grilla salarial.
Participar con la Dirección General de Presupuesto y finanzas con respecto a la implementación del sistema de grilla salarial.
Elaborar todas las modificaciones presupuestarias que sean necesarias.
Realizar el control de los libramientos.
Intervenir en el cálculo de la Masa Salarial para la confección del proyecto de Presupuesto General de la Secretaría General de Gobierno para la cual requerirá de los distintos SAF, información sobre la masa salarial.
Elaborar y presentar informes de seguimiento de todo trámite.
- Verificar la disponibilidad presupuestaria.
Generar información de ejecución presupuestaria para análisis y toma de decisiones.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Póseer conocimientos del Sistema de Grillas Salariales, Sistema Operativo Windows i
y reañejo de planillas de hojas de cálculos relacionadas con las grillas salariales y manejo de planillas de personal. Instrucción secundaria completa o antigüedad de I
diez (10) años en la Administración Pública.
ANEXO N° XI
Hoja N° 19
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO CONTROL DE CARGOS Y MASA SALARIAL
MISIÓN:
- Actualizar periódicamente el estado de las Plantas de Personal de las distintas Direcciones dependientes de la Secretaría General de Gobierno.
- Colaborar con el Departamento de Grillas y Presupuesto, en todo lo que este le requiera.
FUNCIONES:
Elaborar costos de todos los tramites que le correspondan a la Secretaría General de Gobierno.
Efectuar el seguimiento del sistema de grilla salarial.
Llevar un control actualizado de las modificaciones de las Plantas de Personal vacantes por SAF, para la cual deberá llevar un registro que Incluya la distribución original de cargos y sus sucesivas modificaciones de la Secretaría General de Gobierno.
Realizar el control de los libramientos de haberes de los distintos SAF y su confrontación con el presupuesto anual asignado.
Emitir informe sobre cada trámite que signifiquen movimientos de personal o modificación de la planta de personal al Departamento de Grillas y Presupuesto.
Ejecutar las demás tareas que por vía jerárquica se le encomienden.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer conocimientos del Sistema de Grillas Salariales, Sistema Operativo Windows y manejo de planillas de hojas de cálculos relacionadas con las grillas salariales y manejo de planillas de personal. Instrucción secundaria completa o antigüedad de cinco (5) años en la Administración Pública.
ANEXO N° XI
Hoja N° 20
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO SUELDOS
MISIÓN:
- Asistir al Departamento de Haberes, en todo lo relacionado con la liquidación de haberes de la Secretaría General de Gobierno
FUNCIONES:
Liquidar los sueldos u otras remuneraciones al personal del Ministerio de la Secretaría General de Gobierno, salvo al personal de la Dirección General de Canal 7, quien designara a una persona responsable para la liquidación de los mismos.
Confeccionar las certificaciones de sueldos a los agentes a los que se les haya liquidado por este servicio administrativo.
Efectuar los ajustes de haberes correspondientes al personal.
Realizar toda otra tarea inherente a la liquidación de haberes al personal.
Supervisar listados de aportes patronales y retenciones.
Suscribir los pedidos de libramiento de partidas para el pago de haberes.
- Supervisar el mantenimiento del archivo de todo instrumento legal de respaldo de las liquidaciones.
- Supervisar la confección de legajos de haberes y su archivo.
REQUISITOS PARA EL CARGÓ:
Secundario completo con cinco (5) años de experiencia en tareas similares.
ANEXO N° XI
Hoja N° 21
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO HABERES
MISIÓN:
- Será responsable en todo lo relacionado con la liquidación de haberes de la Secretaría General de Gobierno
FUNCIONES:
Ejecutar la liquidación de sueldos, jornadas otras remuneraciones al personal de la Secretaría General de Gobierno
Liquidar los sueldos de la Secretaría General de Gobierno, salvo al personal de la Dirección General de Canal 7, quien designará a una persona responsable para la liquidación de los mismos.
Confeccionar las certificaciones de sueldos a los agentes a los que se les haya liquidado por este servicio administrativo.
Efectuar los. ajustes de haberes correspondientes al personal.
- Realizar toda otra tarea inherente a la liquidación de haberes al personal. Supervisar listados de aportes patronales y retenciones.
Sqscribir los pedidos de libramiento de partidas para el pago de haberes.
Supervisar el mantenimiento del archivo de todo instrumento legal de respaldo de la^ liquidaciones.
Supervisar la confección de legajos de haberes y su archivo.
Efectuar la liquidación de las deudas provisionales
Remitir a la Dirección de Despacho y Personal, área de Sueldos los resúmenes correspondientes a las liquidaciones de haberes del personal.
Efectuar las liquidaciones complementarias o ajustes de haberes del personal de la Secretaría General de Gobierno
- Confeccionar legajos de cargas de familiares.
Controlar el SAF, carga de grillas presupuestarias
- Trabajair en¡ conjunto en el Área de Sueldos de la Dirección de Despacho y Personal, prestando apoyó a lo que esta Dirección le requiera.
REQUISITOS, ^ARA Eil CARGO:
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Secundario completo o cinco (5) años de experiencia en a tareas similares.
ANEXO N° XI
Hoja N° 22
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO HABERES
DIVISIÓN HABERES
MISIÓN:
- Trabajar en conjunto y bajo las órdenes del Jefe Departamento Haberes. FUNCIONES:
Control de novedades y salarios.
Controlar las liquidaciones efectuadas por la Dirección de Cómputos.
Control trimestral de Asignaciones familiares.
Remitir a los sectoriales de personal, los informes correspondientes a servicios prestados y de antigüedad de los agentes del área.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer experiencia en tareas similares de cinco (5) años en la Administración Pública.
ANEXO N° XI
Hoja N° 23
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO HABERES
DIVISIÓN CONTROL Y CERTIFICACIONES
MISIÓN:
- Trabajar en conjunto y bajo las órdenes del Jefe Departamento Haberes.
FUNCIONES:
Confeccionar certificaciones de servicios y antigüedad agentes de la Secretaría General de Gobierno.
Llevar registro de las certificaciones solicitadas y/o emitidas.
Mantener un registro actualizado del personal de la Secretaría General de Gobierno en condiciones y/o próximas a su jubilación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Titulo Secundario, con un mínimo de dos (2) años de antigüedad en la Administración Pública Nacional.-
ANEXO N° XI
Hoja N° 24
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO DESPACHO
MISIÓN:
Realizar todo trámite referente al Despacho de la Dirección.
FUNCIONES:
- Confección de los proyectos de Decreto, Resoluciones, notas, informes y providencias que le sean requeridos.
Distribuir las actuaciones, asentar sus movimientos, efectuar desgloses y agregados. Realizar las comunicaciones que surjan de la Dirección a la Dirección General de Administración de Personal.
Llevar el Despacho de la Dirección.
- Tramitar la Incorporación a la Obra Social y Seguro de Vida de todo el personal de dependiente de la Secretaría General de Gobierno.
Confeccionar los legajos de personal, de la Secretaría General de Gobierno y mantenerlos actualizados.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Secundario completo o diez (10) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.
ANEXO N° XI
Hoja N° 25
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO PERSONAL
MISIÓN:
- Realizar todo tramite relacionado al personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno
- Trabajar en conjunto con el Departamento Despacho.
FUNCIONES:
- Completar la documentación exigida por la Ley I N° 74, al personal ingresante a la Secretaría General de Gobierno.
- Tramitar la documentación para la Obra Social y Seguro de Vida del Personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno.
Remitir la documentación recibida al Departamento Legajos, para su correspondiente actualización.
Realizar los trámites que se requieran en cuanto a los movimientos del personal dependiente de la Secretaría General de Gobierno.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Secundario completo o diez (10) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial.