RAWSON, 2 8 JUN 2022
VISTO:
El Expediente N° 69/17 de Jefatura de Policía; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la solicitud de pago de haberes al Comisario Mayor ® SOTO, José Gustavo por licencias no gozadas correspondientes a diversos períodos;
Que el Oficial Superior mencionado precedentemente, mediante Decreto N° 1842/16, pasó a situación de Retiro Obligatorio a partir del 01 de octubre de 2016;
Que quedan como licencias sin caducar y con derecho a pago las correspondientes a los períodos 2015 cuarenta (40) días y 2016 treinta y seis (36) días proporcionales;
Que el Artículo 8o del Anexo I del Decreto 343/90 Régimen de Licencias Policiales, determina que la licencia anual reglamentaria puede ser compensada en dinero cuando se produce la baja del empleado sin participación de su voluntad;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se hará frente con crédito de la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria. Ejercicio 2022;
Que debido al tiempo transcurrido, corresponde abonar las licencias no usufructuadas al Oficial Superior, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Letrada de la Institución Policial;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º: Abonar a través del Servicio Administrativo de la Policía de la Provincia de Chubut, dependiente del Ministerio de Seguridad, al Comisario Mayor ® SOTO, José Gustavo (D.N.I. N° 20.808.876, clase 1969), los haberes de licencias pendientes de usufructo, correspondientes a los períodos 2015 cuarenta (40) días y 2016 treinta y seis (36) días proporcionales.-
Artículo 2°: El pago de las licencias pendientes de usufructo mencionadas en el Artículo Io quedará pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria.-
Artículo 3o: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, se hará frente con crédito de la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 21 - Policía de la Provincia del Chubut - Programa 92 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Actividad 1 - Reclamo Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores, quedando pendiente de pago hasta que se cuente con disponibilidad financiera y/o presupuestaria. Ejercicio 2022.-
Artículo 4o: El presente Decreto-será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia. -
Artículo 5º: Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 669/2022