RAWSON, 0 4 JUL 2022
VISTO:
El Expediente N° 001918-MIEP-2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se celebró un Convenio de aporte no reintegrable entre la Provincia del Chubut y la Municipalidad de Gobernador Costa, suscripto el día 20 de abril de 2022, protocolizado por la Escribanía General de Gobierno al Tomo: 2 Folio: 065 con fecha 04 de mayo de 2022 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, obrante a fojas 233;
Que en el citado Convenio, la Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “CUBIERTA DE TECHO TERMINAL DE ÓMNIBUS”, por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 22.542.513,80), que serán abonados de conformidad a la cláusula Tercera del Convenio;
Que a fojas 230/231 obra la afectación preventiva del gasto;
Que la asistencia a los Municipios es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que corresponde otorgar el aporte no reintegrable a la Municipalidad de Gobernador Costa, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “CUBIERTA DE TECHO TERMINAL DE ÓMNIBUS”, por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 22.542.513,80);
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo Io Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y N° 18/03;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º.- Otorgáse un aporte no reintegrable por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 22.542.513,80), a favor de la Municipalidad de Gobernador Costa, siendo responsable de su utilización y rendición el Intendente de la mencionada localidad, señor Miguel Angel GÓMEZ, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “CUBIERTA DE TECHO TERMINAL DE ÓMNIBUS”-
Artículo 2º.- El aporte no reintegrable otorgado en el artículo Io deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los SESENTA (60) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 22.542.513,80) será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 8- SAF 88 Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación - Programa 30 -Actividad 02 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01- Fuente de Financiamiento 609 - Ejercicio 2022.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación y de Gobierno y Justicia.
Articulo 5°.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido
ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 717/2022