RAWSON, 04 JUL 2022
VISTO:
El Expediente N° 00845-MIEP-2022; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto la Provincia del Chubut tramita un aporte no reintegrable destinado a la Municipalidad de Dolavon para la ejecución de la Obra: “SALON ADMINISTRATIVO PISTA DE ATLETISMO”;
Que el monto total de la Obra: “SALON ADMINISTRATIVO PISTA DE ATLETISMO” asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 7.641.612,70);
Que a fojas 94 obra la no objeción técnica al presupuesto y a la documentación técnica por parte del Personal de la Subsecretaría de Obras Municipales;
Que la Provincia se compromete a otorgar un aporte no reintegrable destinado a la ejecución de la Obra: “SALON ADMINISTRATIVO PISTA DE ATLETISMO”, por la suma de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 7.641.612,70), que serán abonados en OCHO (8) cuotas iguales, siendo la primera en concepto de anticipo financiero y las restantes que se efectuarán mediante transferencias una vez aprobado el informe de avance de obra por el Intendente de la Municipalidad de Dolavon y un inspector designado por la Provincia;
Que a fojas 96 obra la afectación preventiva del gasto;
Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo Io Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y N° 18/03;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1º.- Otorgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 7.641.612,70), a favor de la Municipalidad de Dolavon, siendo responsable de su utilización y rendición el Intendente de la mencionada localidad, el señor Dante BOWEN, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “SALON ADMINISTRATIVO PISTA DE ATLETISMO”, el cual será abonado en OCHO (8) cuotas iguales, siendo la primera en concepto de anticipo financiero y las restantes que se efectuarán mediante transferencias una vez aprobado el informe de avance de obra por el Intendente de la Municipalidad de Dolavon y un inspector designado por la Provincia.-
Artículo 2°.- El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 10 deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y
Planificación dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto el cual asciende a la suma de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOCE CON SETENTA CENTAVOS ($ 7.641.612,70) será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 30 - SAF 88 - Programa 30 - Actividad 04 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 609 - Ejercicio 2022.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5º.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO Nº 713/2022