RAWSON, 12 SEP 2022
VISTO:
El Expediente N° 2398/2022 STR; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota N° 076/22 SOySP-MPI de fecha 29 de Agosto de 2022, obrante a fojas 01 del Expediente citado, el Intendente de Paso de Indios, señor Mario PICHIÑAN, tramita ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia, la solicitud de aportes económicos en concepto de subsidio para destinarse a la adquisición de maquinaria para fabricar adoquines de hormigón;
Que conforme menciona el Intendente, pretende poner en funcionamiento una mini fabrica de adoquines, en la localidad ya que cuentan con una cantera de áridos, y con la adquisición del mencionado equipamiento se genera una alternativa de empleo genuina con un doble beneficio, por un lado la creación de puestos de trabajo y por otro la provisión de adoquines de bajo costo para pavimento urbano;
Que constituye un objetivo primordial para el gobierno provincial atender la promoción del empleo en todas sus formas;
Que en tal sentido, mediante Ley X N° 15, Capítulo X, se crea el Fondo Especial de Policía del Trabajo y Capacitación Laboral, el cual tiene como finalidad "... posibilitar la ejecución de asistencia del Poder de Policía Laboral, como asi también el servicio de higiene, salubridad seguridad y capacitación laboral y producción, y podrá financiar las siguientes erogaciones: a) Gastos de Personal; b) Bienes de Consumo; c) Bienes de Capital; d) Servicios; e) Subsidios con destino a la capacitación laboral y producción”-,
Que conforme lo expuesto en los párrafos que anteceden, a fojas 01 el Secretario de Trabajo de la Provincia autoriza lo solicitado por la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON TRECE CENTAVOS ($16.621.222,13) conforme el presupuesto adjunto a fojas 02 de las actuaciones;
Que los titulares de las jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos, conforme Decreto N° 2424/04;
Que por Decreto N° 238/2022 se fija el valor del módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 118° de la Ley II N° 76, en la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NUEVE ($35.509);
Que en virtud del monto objeto del subsidio, y de acuerdo a la normativa vigente, corresponde que este sea perfeccionado mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo de la Provincia del Chubut;
Que el presente trámite se realiza conforme lo proscripto por Artículo 37° de la Ley X N° 15, y Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°,- OTORGAR a la Municipalidad de Paso de Indios, CUIT N° 30- 67043851-8, representada por su Intendente, señor Mario PICHIÑAN (DNI N° 23.257.946), la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON TRECE CENTAVOS ($16.621.222,13) en concepto de subsidio, para la adquisición de maquinaria para fabricar adoquines de hormigón, en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- De acuerdo a lo prescripto por el Decreto N° 1304/78, la Municipalidad de Paso de Indios, dispondrá de un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición ante el Tribunal de Cuentas Provincial.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS VEINTIUN MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON TRECE CENTAVOS ($16.621.222,13) será imputado en la Jurisdicción 15 - SAF 15 - SECRETARIA DE TRABAJO- Programa 01- Conducción de la Secretaría de Trabajo/ 00/ 00/ A01/ 5- Transferencias/ 8- Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos de capital/ 6- Aportes a gobiernos municipales/ 01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2022.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 1045