RAWSON, 12 SEP 2022
VISTO:
Los Expedientes N° 230-TC-2022, 1797-EC-2022, 3216-MGyJ-2022, 993-SGG- 2022, 300-SGPyME-2022, 301-SGPyME-2022 y 302-SGPyME-2022; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 274, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2022;
Que por el Expediente N° 230-TC-2022, el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, solicita realizar compensación del crédito presupuestario en los incisos 2 y 3 en la Fuente de Financiamiento 1.11, a efectos de imputar gastos de funcionamiento del ejercicio;
Que por el Expediente N° 1797-EC-2022,el Área de Obligaciones del Tesoro y Servicios de la Deuda del Ministerio de Economía y Crédito Público, solicita realizar compensación del crédito presupuestario entre partidas con diferentes finalidades en el SAF 91 en la Fuente de Financiamiento 1.11, para el registro de retenciones del Programa de Estimulo a la Exportación de Petróleo Crudo;
Que por el Expediente N° 3216-MGyJ-2022, el Ministerio de Gobierno y Justicia, solicita crédito presupuestario en el inciso 5, en la Fuente de Financiamiento 1.11, a efectos de imputar Subsidio a favor del Consorcio de Administración del Centro de Aplicaciones Bionucleanes de Comodoro Rivadavia;
Que por el Expediente N° 993-SGG-2022, la Secretaría General de Gobierno, solicita crédito presupuestario en los incisos 2, 3 y 4 en la Fuente de Financiamiento 1.11, a efectos de equipar, refaccionar y poner en funcionamiento las oficinas que fueron distribuidas en diferentes edificios públicos como consecuencia de los incendios producidos en Diciembre del año 2021;
Que por los Expedientes N° 300-SGPyME-2022, 301-SGPyME-2022 y 302- SGPyME-2022, la Secretaria de Gestión Pública y Modernización del Estado, solicita crédito presupuestario en los incisos 3 y 4 en la Fuente de Financiamiento 1.11, a efectos de imputar el pago de la contratación del servicio de aula virtual Moodle, para ampliación de los servicios de "Servidores de la Nube" y para la compra de equipos informáticos de la Administración Pública;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a.2 y 4) de la Ley II N° 274, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a ¡Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activo? Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 4 - S.A.F. 4 - SAF Tribunal de Cuentas, en la Jurisdicción 10 - S.A.F. 10 - SAF Secretaria General de Gobierno, en la Jurisdicción 20 - S.A.F. 20 - SAF Ministerio de Gobierno y Justicia, en la Jurisdicción 26 - S.A.F. 26 - SAF Secretaria de Gestión Publica y Modernización del Estado y en la Jurisdicción 91- S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 5, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°,- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N°1048