RAWSON,01 AGO 2022
VISTO:
El Expediente N° 1062-EC-22; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto se gestiona la modificación del Detalle Analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal, eliminándose de la Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro - SAF 91 - Programa 1: Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1: Administración de Obligaciones del Tesoro un (1) cargo Personal de Gabinete - Planta Temporaria e incrementándose el mismo cargo en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público -Actividad 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público;
Que asimismo resulta necesario modificar el Plantel Básico del Área Obligaciones del Tesoro y Servicios de la Deuda - Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, eliminándose: un (1) cargo Personal de Gabinete - Rango Subsecretario - Planta Temporaria e incrementándose el mismo en el Plantel Básico del citado Ministerio;
Que la Ley II N° 274 en el Artículo 13° - Apartado I - inciso a) - punto 5, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar modificaciones en la Planta Presupuestaria de Personal, siempre que el costo de la sumatoria de esas modificaciones no de un saldo positivo y se realice dentro del mismo escalafón;
Que asimismo se solicita la designación, a partir de la fecha del presente Decreto, del Licenciado Ángel Ernesto NURCHI en el cargo de Personal de Gabinete en la Orbita del Ministerio de Economía y Crédito Público, conforme lo establecido en el Artículo 66° de la Ley I N° 74;
Que el Licenciado Ángel Ernesto NURCHI percibirá una remuneración equivalente al cargo de Subsecretario;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Ejercicio 2022, aprobado por Ley II N° 274;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado debida intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificar el Detalle Analítico de las Plantas Presupuestarias de Personal, eliminándose de la Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro - SAF 91 - Programa 1: Administración de Obligaciones del Tesoro - Actividad 1: Administración de Obligaciones del Tesoro un (1) cargo Personal de Gabinete - Planta Temporaria e incrementándose el mismo cargo en la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público; conforme los Anexos N° I y N° II, que forman parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Modificar el Plantel Básico del Área Obligaciones del Tesoro y Servicios de la Deuda - Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, eliminándose: un (1) cargo Personal de Gabinete - rango Subsecretario - Planta Temporaria e incrementándose el mismo en el Plantel Básico del citado Ministerio. -
Artículo 3°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Licenciado Ángel Ernesto NURCHI (M.I N° 29.858.580 - Clase 1983) en el cargo de Personal de Gabinete en la Orbita del Ministerio de Economía y Crédito Público, conforme lo establecido en el Artículo 66° de la Ley I N° 74.-
Artículo 4°.- El Licenciado Ángel Ernesto NURCHI (M.I N° 29.858.580 - Clase 1983) percibirá una remuneración equivalente al cargo de Subsecretario.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará a la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía y Crédito Público - SAF: 30 - Programa 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Actividad 1: Conducción del Ministerio de Economía y Crédito Público - Ejercicio 2022.-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO N° 848