RAWSON, 08 NOV 2022
VISTO:
El Expediente N° 2462/2022 - MAGIyC, los Decretos N° 1304/78, N° 1232/00 y N° 2424/04; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, tramita el otorgamiento de un Aporte No Reintegrable a favor de la Cooperativa de Trabajo Lanera Trelew Limitada, por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000,000.-), destinado a la adquisición de UNA (01) Coñera SAVIO ESPERO M de 32 cabezas y UN (1) FINISSEUR FM 40, a los efectos de consolidar el proceso de mejora continua que viene realizando la Cooperativa;
Que a fojas 03 obra Nota de fecha 02 de agosto de 2022, suscripta por el Presidente de la Cooperativa, solicitando el aporte para el destino referenciado, indicando que “... se viene trabajando desde el año 2020 en un Proyecto que permita consolidar la Competitividad y Sostenibilidad del complejo integral de la Planta Industrial. En ese marco, dentro del proceso de ajuste, surgió un problema de carácter estratégico, relacionado con el funcionamiento de dos equipos claves del proceso de Hilado, caso del equipo denominado Conera o Enconadora, y el equipo de preparación denominado Finisseur"-,
Que conforme lo informado por el Tribunal de Cuentas de la Provincia del Chubut, la Cooperativa de Trabajo Lanera Trelew Limitada, no cuenta con subsidios pendientes de rendición;
Que obran en consecuencia las autorizaciones pertinentes al presente trámite;
Que obra la imputación preventiva del gasto;
Que el presente trámite se encuadra en lo prescripto por el Decreto N° 1304/78 y sus modificatorios, Decretos N° 1232/00 y 2424/04;
Que se ha expedido la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°- Otórguese un subsidio en los términos del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS SIETE MILLONES ($ 7.000.000.-), a favor de la Cooperativa de Trabajo Lanera Trelew Limitada, CUIT N° 30-71500858-7, en la persona de su Presidente, señor Carlos Marcelo JODAR (DNI N° 20.218.902), destinado a la adquisición de UNA (01) Conera SAVIO ESPERO M de 32 cabezas y UN (1) FINISSEUR FM 40, a los efectos de consolidar el proceso de mejora continua que viene realizando la Cooperativa. -
Artículo 2°.- Autorízase al SAF 67: Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio a abonar la suma detallada en el Artículo 1°.-
Artículo 3°.- La Cooperativa de Trabajo Lanera Trelew Limitada deberá invertir los fondos dentro de los NOVENTA (90) días de recepcionados y rendirlos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los SESENTA (60) días de su inversión, con remisión de copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.-
Artículo 4°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados, mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 203443-007 del Banco del Chubut S.A., a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.-
Artículo 5°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará con cargo a la Jurisdicción 67 - SAF 67 - Programa 01 - Actividad 01 - J.P.P.
5.1.8. - Fuente de Financiamiento 1.11 - Ejercicio 2022.-
Artículo 6°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N°1291