RAWSON, 06 FEB 2023

VISTO:

El Expediente N° 3416/2022 STR; y,

CONSIDERANDO:

Que por el expediente referido en el Visto, el Intendente Municipal de la localidad de Cholila, señor Silvio Boudargham, tramita la solicitud de aportes económico^ para destinarse a la adquisición de herramientas de carpintería, que serán utilizados para equipar los talleres pertenecientes a la municipalidad, donde se realizará el armado de invernaderos prefabricados;
Que la solicitud en trámite se sustenta en la importancia de contar con las herramientas necesarias para el armado de los invernaderos, dado que con esto buscan generar una alternativa de empleo genuino con un doble beneficio, por un lado la creación de empleo genuino y por otro, fomentar la producción local;
Que a fojas 02 el Secretario de Trabajo de la Provincia autoriza lo solicitado, por un importe total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($3.555.681,18) de acuerdo a los presupuestos obrantes en las actuaciones a fojas 03/04;
Que los titulares de las jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos conforme Decreto N° 2424/04;
Que por Decreto N° 41/2023 se fija el valor del módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 118° de la Ley II N° 76, en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL TREINTA Y SIETE ($53.037);
Que por lo expuesto, en virtud del monto objeto del presente subsidio y de acuerdo a la citada normativa, es que el mismo debe perfeccionarse mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el presente trámite se realiza conforme lo proscripto por Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: OTORGAR a la Municipalidad de Cholila, CUIT N° 30-67034051-8, representada por su Intendente Municipal, señor Silvio BOUDARGHAM (DNI N° 22.091.002) la suma de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($3.555.681,18) en concepto de subsidio para
destinarse a la compra de herramientas de carpintería, de conformidad con lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2o: De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto N° 1304/78, se fija un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición ante el Tribunal de Cuentas Provincial.-
Artículo 3o: El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON DIECIOCHO CENTAVOS ($3.555.681,18) será imputado en la Jurisdicción 15 - SAF15 - Secretaría de Trabajo- Programa 01- Conducción de la Secretaría de Trabajo/ 00/ 00/ A01/ 5- Transferencias/ 8- Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos de capital/ 6- Aportes a gobiernos municipales/ 01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023.-
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5o: Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-

DECRETO N°104/2023