RAWSON, 15 FEB 2023

El Expediente N° 3629-MGyJ-2022; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la mensualización de la señora Stephanie Alexis BORBOROGLU, en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que la señora Stephanie Alexis BORBOROGLU cumple con los requisitos exigidos por el Artículo 2° de la Ley I N° 74;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 33: Justicia Social, Actividad 3: Políticas Penitenciarias y Reinserción Social;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°,- Mensualizar a la señora Stephanie Alexis BORBOROGLU (DNI N° 35.381.825 - Clase 1990), en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3- 004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General de Políticas Penitenciarias y Reinserción Social dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 33: Justicia Social, Actividad 3: Políticas Penitenciarias y Reinserción Social. Ejercicio 2023.
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°,- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.

DECRETO N° 133/2023