RAWSON, 22 FEB 2023
VISTO:
El Expediente N° 2004 - M.D.S.F.M.J. - 2022; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud, gestiona un subsidio a favor de la Municipalidad de Rio Mayo, destinado a solventar los gastos que demandó el transporte de los adultos mayores que se trasladaron desde la citada localidad pasando por Rio Senguer hacia la ciudad de Gaiman y el regreso a sus respectivas localidades, para participar en la instancia provincial de los “Juegos Evita Deportivos y Culturales de Personas Mayores 2022”,el cual se realizó los días 24, 25 y 26 de octubre del año 2022, en el marco de la Ley I N° 193 de Promoción y Protección Integral para ¡a Tercera Edad;
Que a fojas 33 obra preventivo N° 471756, con cargo a la Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que el presente trámite se encuadra dentro de la normativa dispuesta por el artículo 1° del Decreto N° 1304/78, modificado por los Decretos N° 1232/00, N° 18/03 y N° 2424/04;
Que el subsidio se sustenta en la normativa dispuesta por el artículo 13° de la Ley I N° 667;
Que obran las autorizaciones de rigor para el presente tramite;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°- OTÓRGASE un subsidio por la suma total de PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000,00), a favor del Municipio de Rio Mayo, representado por su Intendente señor AVENDAÑO, Alejandro Andrés (D.N.I. N° 22.281.736), destinado a solventar los gastos que demandó el transporte de los adultos mayores que se trasladaron desde la citada localidad pasando por la localidad de Rio Senguer hacia la ciudad de Gaiman y el regreso a sus respectivas localidades, para participar en la instancia provincial de los “Juegos Evita Deportivos y Culturales de Personas Mayores 2022”, el cual se realizó los días 24, 25 y 26 de octubre del año 2022, en el marco de la Ley I N°193 de Promoción y Protección Integral para la Tercera Edad en el
marco del Decreto N° 1304/78 y sus modificatorias, y en base a lo expuesto en los Considerandos que anteceden.
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será con cargo a: Jurisdicción 40 - Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud - Programa 22- Actividad 3 - Inciso 5 - Partida Principal 7 - Partida Parcial 6 - Fuente de Financiamiento 441 — Ejercicio año 2023.
Articulo 3°.- Los subsidios otorgados deberán ser invertidos dentro de los treinta (30) días de recepcionados y rendidos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud y de Gobierno y Justícia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 161/2023