RAWSON, 27 FEB 2023
VISTO:
El Expediente N° 482-MGyJ-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, se gestiona el otorgamiento de un subsidio a la Municipalidad de Gualjaina, con el objeto de cubrir desequilibrios financieros;
Que el mismo se encuentra autorizado a fojas 02, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-), pagaderos en seis cuotas iguales y consecutivas de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 1.666.666,67.-) cada una, la primera con el dictado del presente Decreto y las restantes cada treinta (30) días respectivamente;
Que el presente trámite se encuadra en el Artículo Io Inciso 1) del Decreto N° 1304/78, modificado mediante Decretos N° 1232/00 y 18/03;
Que ha emitido Dictamen la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Otorgase un subsidio a favor de la Municipalidad de Gualjaina, representada por su Intendente señor Marcelo Horacio LIMARIERI (D.N.I. N° 23.165.116), por la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000-), pagaderos en seis cuotas iguales y consecutivas de UN MILLON SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 1.666.666,67.-) cada una, la primera con el dictado del presente Decreto y las restantes cada treinta (30) días respectivamente, con el objeto de cubrir desequilibrios financieros.-
Artículo 2°.- El subsidio otorgado en el Artículo 1° deberá ser invertido e informado al Ministerio de Gobierno y Justicia, dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000.-), se imputará a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Saf: 20 / Saf: del Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito provincial / Programa 01: Conducción Ministerio de Gobierno y Justicia / Actividad A01: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia / Inciso 05: Transferencias / Partida Principal 07: Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes / Partida Parcial 06: Aportes a gobiernos municipales /01 Aportes a Gobiernos Municipales / Fuente de Financiamiento N° 1.11 - Rentas Generales / Ejercicio 2023.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ,ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 176/2023