RAWSON, 09 MAR 2023

VISTO:

El Expediente N° 1793/2022 - MTyAP; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, tramita designación de la Licenciada Silvana Isabel MASIMELLI a cargo de la Dirección de Planificación dependiente de la Dirección General de Gestión Técnica de la Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, a partir de la fecha del presente decreto;
Que la designación que se pretende se encuentra legalmente sustentada por los artículos 12° y 14° de la Ley I N° 74;
Que el cargo mencionado se encuentra actualmente vacante, reuniendo la Licenciada Silvana Isabel MASIMELLI los requisitos exigidos para ocupar dicho cargo;
Que deberá otorgarse el Adicional por Jerarquía Profesional, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22° Inciso f) de la Ley I N° 74, reglamentado por Decreto N° 1330/81;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención:
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Articulo 1°.- Designar a la Licenciada Silvana Isabel MASIMELLI (D.N.I N° 23.530.623 - Clase: 1973) en virtud de lo establecido por los artículos 12° y 14 de la Ley I N° 74 a cargo de la Dirección de Planificación dependiente de la Dirección General de Gestión Técnica de la Subsecretaría de Conservación y Áreas Protegidas del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- Otorgar el Adicional por Jerarquía Profesional a la Licenciada Silvana Isabel MASIMELLI (D.N.I N° 23.530.623 - Clase: 1973), de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22° Inciso f) de la Ley I N° 74, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será im¬putado en la Jurisdicción: 80: Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - SAF: 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa: 16 - Conservación de Áreas Protegidas - Actividad 1: Operaciones - Ejercicio: 2023.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Turismo y Áreas Protegidas, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumpli
do, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 206/2023