RAWSON,2 8 MAR 2023
El expediente N° 00027-MIEP-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto la Provincia del Chubut tramita otorgar un aporte no reintegrable a la Municipalidad de Paso de Indios para la ejecución de la Obra: “ILUMINACION CANCHA CESPED SINTETICO” en el marco del Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que a fojas 2 obra el acta compromiso de financiamiento para la ejecución de la obra antes mencionada;
Que la asistencia a los Municipios, Comunas e Instituciones es una prioridad del Gobierno Provincial;
Que el monto total de la Obra denominada: “ILUMINACION CANCHA CESPED SINTETICO” asciende a la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 1.949.429,61);
Que a fojas 23 obra la no objeción técnica;
Que a fojas 26 obra la afectación preventiva del gasto;
Que el presente trámite se encuadra en el artículo 1° inciso 1) del Decreto N° 1304/78, y modificatorios;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Legislación y Despacho del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación intervino en el acto administrativo;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: Otorgase un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS UN
MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 1.949.429,61), a favor de la Municipalidad de Paso de Indios, para ser utilizado en la ejecución de la Obra: “ILUMINACION CANCHA CESPED SINTETICO”, el cual será abonado con un desembolso inicial del VEINTE POR CIENTO (20%) y los desembolsos restantes se efectivizarán contra presentación de informe de avance de obra, de los cuales se descontará el correspondiente anticipo, ante la Subsecretaría de Obras Municipales con la firma del Sr. Intendente, representante técnico municipal y la firma del inspector designado por la Provincia.
Artículo 2°: Desígnase como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en el artículo Io, al Intendente de la Municipalidad de Paso de Indios, Sr.Mario Horacio Pichiñan (DNI: 23.257.946).
Artículo 3°: El aporte no reintegrable otorgado en el artículo 10 deberá ser invertido e informado a la Subsecretaría de Obras Municipales del Ministerio de Infraestructura, Energía y Planificación dentro de los TREINTA (30) días de recepcionado el desembolso y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia de conformidad con lo establecido en el Decreto N° 1304/78 y modificatorios.
Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto el cual asciende a la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($ 1.949.429,61) será imputado de la siguiente manera: en la Jurisdicción 8 - SAF 88 - Programa 30 - Actividad 03 - Inciso 5 - Partida Principal 8 - Partida Parcial 6 - Partida Subparcial 01 - Fuente de Financiamiento 368 - Ejercicio 2023.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Infraestructura, Energía y Planificación y de Gobierno y Justicia.
Artículo 6°: REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
DECRETO N° 290/2023