RAWSON, 29 MAR 2023

VISTO:

El Expediente N° 243-EC-22 y el Decreto N° 85/2022; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 85/2022 se otorgó un aporte financiero no reintegrable al Club Deportivo Sarmiento para ser destinado a solventar la realización del 48° Festival Interprovincial de Doma y Folcklore, en las instalaciones de la mencionada institución deportiva;
Que tal como se detalló en el Decreto N° 85/2022, el 48° Festival Interprovincial de Doma y Folcklore debía llevarse adelante entre los días 11, 12 y 13 del mes de febrero del 2022;
Que surge de las actuaciones que la proximidad de la fecha en la cual efectivamente se acreditó el aporte financiero al Club Deportivo Sarmiento cotejado con la efectiva realización del 48° Festival Interprovincial de Doma y Folcklore, obligó a la institución deportiva a destinar fondos propios previstos para hacer frente a los gastos del evento que tenían previsto para otras diversas necesidades;
Que la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público, contadora Rita Cárdenas, informa a fojas 55 -en su calidad de representante del organismo que propició e impulsó el otorgamiento del aporte financiero contemplado en el Decreto N° 85/2022- que el 48° Festival Interprovincial de Doma y Folcklore efectivamente se llevó adelante en instalaciones del Club Deportivo Sarmiento entre los días 11, 12 y 13 del mes de febrero del 2022 y que los fondos otorgados en el marco del instrumento individualizado fueron invertidos en material deportivo, reparación de vestuarios, baños para público visitante y local e instalación eléctrica en el gimnasio y oficinas de la institución;
Que en virtud de lo informado por el Ministerio de Economía y Crédito Público, procede de manera excepcional y por única vez en relación a la institución deportiva referenciada, convalidar el cambio de objeto del aporte previsto en tanto su inversión es compatible con el interés público comprometido en el desarrollo de las actividades deportivas y de las instituciones que las cobijan;
Que el Gobierno Provincial tiene entre sus políticas la de promover la realización de actividad física y deportiva como instrumento para mejorar el bienestar de las personas y su desarrollo personal pleno, y para propender -a través de ella- a la integración social, proyectando y ejecutando distintos planes, programas y acciones a esos fines, todo ello en cumplimiento de expresas normas constitucionales;
Que en esta instancia, y en virtud de lo manifestado a lo largo de los considerandos que anteceden, corresponde el dictado del presente acto administrativo;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asesoría Legal del Ministerio de Economía y Crédito Público;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: CONVALIDASE -excepcionalmente y por única vez-la modificación del objeto de la inversión del aporte financiero otorgado mediante Decreto N° 85/2022 a favor del Club Deportivo Sarmiento de conformidad a los considerandos que anteceden.
Artículo 2°: Anótese el número de registro del presente acto administrativo en la marginal del Decreto N° 85/2022.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°: REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese al Tribunal de Cuentas de / la Provincia, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.

DECRETO N° 294/2023