RAWSON, 04 ABR 2023

VISTO:

El Expediente N° 644/2023 STR; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente referido en el Visto, la Cooperativa de Trabajo Agroagrícola El Triunfo Patagónico Limitada (CUIT N° 30-71725101-2) con domicilio en la ciudad de Puerto Madryn, Matrícula N° 59.226, representada por su Presidente, señora Nélida Cristina FORMINO, tramita la solicitud de subsidio tendiente a destinarse a la compra de herramientas de trabajo;
Que a fojas 01 el Secretario de Trabajo autoriza lo solicitado por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($4.487.616,25), conforme los presupuestos obrantes a fojas 02/03;
Que los titulares de las Jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos conforme Decreto N° 2424/04;
Que por Decreto N° 41/2023 se fija el valor del módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 118° de la Ley II N° 76, en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL TREINTA Y SIETE ($53.037);
Que por lo expuesto, en virtud del monto objeto del presente subsidio y de acuerdo a la citada normativa, es que el mismo debe perfeccionarse mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el presente trámite se realiza conforme lo proscripto por Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: OTORGAR a favor de la Cooperativa de Trabajo Agroagrícola El Triunfo Patagónico Limitada (CUIT N° 30-71725101-2) Matrícula N° 59.226, representada por su Presidente, señora FORMINO Nélida Cristina (DNI N° 5.613.335) y su Tesorera, señora COLLAZO Noelia Natalia (DNI N° 27.764.794), la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($4.487.616,25) en concepto de subsidio para destinarse a la compra de herramientas de trabajo, en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°: De acuerdo a lo proscripto por el Decreto N° 1304/78, los responsables de la Cooperativa de Trabajo Agroagrícola El Triunfo Patagónico Limitada detallados en el Artículo 1°, dispondrán de un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta '60) días para su rendición ante el Tribunal de Cuentas Provincial.
Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($4.487.616,25) será imputado en la Jurisdicción 15 - SAF 15 - Secretaría de Trabajo- Programa 18- Promoción del Cooperativismo/ 00/ 30/ A02- Fortificación/ 5- Transferencias/ 2- Transferencias al sector privado para gastos de capital/ 5- Transferencias a asociaciones civiles y cooperativas/ 01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°: Regístrese , notifiquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.

DECRETO N° 337/2023