RAWSON, 11 ABR 2023

VISTO:

El Expediente N° 934-MGyJ-2023; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Comuna Rural de TELSEN, representada por su Presidente señor Leonardo Gilberto BOWMAN, destinado a cubrir desequilibrios financieros;
Que el Presidente de la Comuna Rural de TELSEN será el responsable de la administración y rendición del aporte económico otorgado;
Que el otorgamiento del subsidio se encuentra autorizado a fojas 01, y asciende a la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-);
Que corresponde encuadrar el presente trámite dentro del régimen legal establecido en el Decreto N° 1304/78 y sus modificaciones;
Que ha emitido Dictamen la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del
Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Otorgase un subsidio por la suma de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-) a la Comuna Rural de TELSEN (C.U.I.T. N° 30-67049415-9), representada por su Presidente señor Leonardo Gilberto BOWMAN (D.N.I. 23.765.139), destinado a cubrir desequilibrios financieros.-
Artículo 2°.- El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión.-
Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia. -
Artículo 4o.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON ($ 1.000.000.-), se imputará a la
Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Saf: 20 / Saf: del Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito provincial / Programa 19: Subsecretaría de Asuntos Municipales / Actividad A01: Conducción de la Subsecretaría de Asuntos Municipales / Inciso 05: Transferencias / Partida Principal 07: Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes / Partida Parcial 06: Aportes a gobiernos municipales / Fuente de Financiamiento N° 1.11 / Rentas Generales / Ejercicio 2023.-
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuniques^ notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 362/2023