RAWSON, 24 ABR 2023
VISTO:
El expediente N° 199 - MSeg - 20; y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, tramita la aprobación de la contratación directa de la locación de un inmueble ubicado en calle 9 de Julio N° 756 de la ciudad de Esquel, destinado al funcionamiento del Centro de Monitoreo Urbano (C.M.U.) dependiente de la Subsecretaría de Seguridad y Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad, solicitada mediante Nota Nro. 157/2022-DCMySAE911, adjunta de fojas 129 a 130;
Que la realización de un procedimiento de selección implica llevar adelante una serie de actos cuya prolongación en el tiempo tomarían imposible satisfacer la necesidad de contar con el inmueble en tiempo útil;
Que a partir de los hechos descriptos en los considerandos precedentes, se propone la locación del inmueble ubicado en calle 9 de Julio N° 756 de la ciudad de Esquel, SUCESIÓN DE SALAZAR RAÚL HÉCTOR (C.U.I.T. N° 20-08526485-1) cuyo administrador judicial es la Sra. Mónica Gloria PANICCIA (C.U.I.T. N° 27-12616932-4);
Que de foja 163 a 164 obra Resolución ministerial N° 113/23-MSeg, la cual autoriza la contratación directa mencionada en el primer considerando;
Que el plazo de duración del contrato de locación es de treinta y seis (36) meses contados a partir del día 01 del mes de septiembre del año 2022, operando su vencimiento de pleno derecho el día 31 del mes de agosto del año 2025;
Que el monto de la contratación es de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-) mensuales para los primeros seis (06) meses de contratación y se acuerda el ajuste de ese monto en forma semestral de acuerdo al IPC (índice de Precios al Consumidor) y RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), de acuerdo lo dispone la Ley N° 27.551;
Que en virtud de lo que antecede, corresponde aprobar la presente contratación y encuadrar el presente trámite en los términos establecidos en el artículo 95°, inciso c), apartado 5) de la Ley II N° 76;
Que conforme al artículo 5o Decreto N° 777/06 reglamentario de la Ley II N 76 la causal invocada es exclusiva responsabilidad del titular de la Jurisdicción;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Administración dependiente del Ministerio de Seguridad;
Que ha tomado legal intervención la Dirección General de Legales dependiente del
Ministerio de Seguridad;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Declarar como legítimo abono y abonar a la SUCESIÓN DE SALAZAR RAÚL HÉCTOR (C.U.I.T. N° 20-08526485 -1) cuyo administrador judicial es la Sra. Mónica Gloria PANICCIA (C.U.I.T. N° 27-12616932-4), por la locación de un inmueble ubicado en calle 9 de Julio N° 756 de la ciudad de Esquel, la suma total de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000.-) por la ocupación del mismo desde el 01 del mes de septiembre del año 2022 hasta el 31 del mes de diciembre del año 2022, en concordancia con lo establecido en el artículo 1794° del Código Civil y Comercial de la Nación.-
Artículo 2o.- Reconocer la deuda contraída entre la Subsecretaría de Seguridad y Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad con la SUCESIÓN DE SALAZAR RAÚL HÉCTOR (C.U.I.T. N° 20-08526485-1) cuyo administrador judicial es la Sra. Mónica Gloria PANICCIA (C.U.I.T. N° 27-12616932-4), por la locación de un inmueble ubicado en calle 9 de Julio N° 756 de la ciudad de Esquel, destinado al funcionamiento del Centro de Monitoreo Urbano (C.M.U.) dependiente de la Subsecretaría de Seguridad y Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad, desde el 01 del mes de enero del año 2023 hasta la fecha del presente decreto.-
Artículo 3°.- Aprobar la contratación directa, autorizada mediante Resolución ministerial N° 113/23-MSeg, entre la Subsecretaría de Seguridad y Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad y la SUCESIÓN DE SALAZAR RAÚL HÉCTOR (C.U.I.T. N° 20-08526485-1) cuyo administrador judicial es la Sra. Mónica Gloria PANICCIA (C.U.I.T. N° 27-12616932-4), por la locación de un inmueble ubicado en calle 9 de Julio N° 756 de la ciudad de Esquel, destinado al funcionamiento del Centro de Monitoreo Urbano (C.M.U.) dependiente de la Subsecretaría de Seguridad y Relaciones Institucionales del Ministerio de Seguridad, por un importe de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-) mensuales para los primeros seis (06) meses de contratación y se acuerda el ajuste de ese monto en forma semestral de acuerdo al IPC (índice de Precios al Consumidor) y RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables), de acuerdo lo dispone la Ley N° 27.551, desde la fecha del presente decreto hasta el día 31 del mes de agosto del año 2025, en virtud de los considerandos que anteceden, de conformidad con lo establecido en el artículo 95°, inciso c), apartado 5) de la Ley II N° 76.-
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto que asciende a la suma total de PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL ($7.200.000.-)
será imputado de la siguiente forma: Jurisdicción 9, Ministerio de Seguridad, SAF 9, Saf de Ministerio de Seguridad, Ubicación Geográfica 11999, Ámbito Provincial, Programa 1: Conducción Secretaría de Seguridad y Justicia / Actividad 01: Conducción Secretaría de Seguridad y Justicia / Inciso 03: Servicios no personales / Partida Principal: 02 Alquileres ' derechos / Partida Parcial: 01 - Alquiler de Inmuebles / Fuente de Financiamiento: 1.11 / lentas Generales / por un importe de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL $ 3.200.000.-) para el Ejercicio 2023, por un importe de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 2.400.000.-) para el Ejercicio 2024 y por un importe de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($ 1.600.000.-) para el Ejercicio 2025.-
Artículo 5°.- La Subsecretaría de Gestión Presupuestaria del Ministerio de Economía y Crédito Público preverá la inclusión de la presente contratación en la partida presupuestaria para el resto del gasto que demande la presente contratación para el Ejercicio J023, 2024 y 2025 de acuerdo al IPC y RIPTE.-
Artículo 6°.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Seguridad y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N°409/2023