RAWSON, 0 3 MAY 2023
VISTO:
El Expediente N° 1283/2022 - MTyAP; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita reubicar en el cargo Jefe de Departamento Diseño de la Dirección de Comunicación de la Dirección General de Comunicación y Marketing de la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas, Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, a la agente Alicia Verónica COMES, quien revista el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Clase I - Categoría 14 Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente, en los términos del Artículo 101 y 102° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que la agente citada en el considerando anterior, viene desempeñándose a cargo de la mencionada Jefatura de Departamento, por Decreto N° 1035/19;
Que a fojas 14 obra la autorización de la Secretaría General de Gobierno;
Que la reubicación de la agente Alicia Verónica COMES, no genera un incremento presupuestario;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Articulo 1°.- Reubicar en el cargo Jefe de Departamento Diseño de la Dirección de
Comunicación de la Dirección General de Comunicación y Marketing de la Subsecretaría de Turismo del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente, a la agente Alicia Verónica COMES (D.N.I N° 29.908.523 - Clase 1982), quien revista el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Clase I - Categoría 14 Agrupamiento Personal Técnico Administrativo — Planta Permanente, en los términos del Artículo 101° y 102° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.-
Articulo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será imputado en la Jurisdicción: 80: Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - SAF: 80 - Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas - Programa: 17 -Turismo - Actividad 3 - Comunicación y Marketing - Ejercicio: 2023.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros
Secretarios de Estado en los Departamentos de Turismo y Áreas Protegidas, y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO N° 455/2023