RAWSON, 16 MAY 2023

VISTO:

El Expediente N° 41/23 MHC; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto se gestiona la designación de la Sra. María Lucía Eloísa ESCOBAR a cargo de la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto;
Que se deberá dejar sin efecto la designación de la agente SERRA, Viviana Lorena, a cargo de la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, otorgada mediante Decreto N° 1274/20, a partir de la fecha del presente decreto;
Que asimismo se solicita mensualizar a la agente SERRA, Viviana Lorena en el cargo Oficial Administrativo - Código 3 - 002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que se propone designar a la mencionada agente a cargo del Departamento de Recursos Humanos dependiente de la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, quien reúne los requisitos y la experiencia para cubrir dicho cargo, contando con la capacidad técnica y los conocimientos necesarios que se requieren para la cobertura del mismo, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el reintegro del titular del cargo;
Que la agente SERRA, Viviana Lorena, percibirá la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo a subrogar de acuerdo a lo establecido en el artículo 105 de la Ley I N° 74 reglamentada por Decreto N° 116/82;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobada por la Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el presente tramite, será imputado en la Jurisdicción 62 - Ministerio de Hidrocarburos - SAF 62 - Ministerio de Hidrocarburos - Programa 16: Desarrollo Minero - Actividad 2 - Control de Regalías - Ejercicio 2023;
Que el presente trámite cuenta con el aval de las autoridades correspondientes;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:

El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°: Dejar sin efecto la designación de la agente SERRA Viviana Lorena (D.N.I. N° 26.842.043 - Clase 1978) a cargo dé la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos otorgada mediante decreto N° 1274/20, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°: Designara la Sra. ESCOBAR, María Lucía Eloísa (D.N.I. N° 29.753.031 - Clase 1982) a cargo de la Dirección de Despacho y Personal dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 3°: Mensualizar a la agente SERRA, Viviana Lorena (D.N.I N° 26.842.043 - Clase 1978) en el cargo Oficial Administrativo - Código 3 - 002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Temporaria del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 4°: Designar a la agente SERRA, Viviana Lorena (D.N.I N° 26.842.043 - Clase 1978) a cargo del Departamento de Recursos Humanos dependiente de la Dirección de Despacho y Personal de la Dirección General de Coordinación Administrativa del Ministerio de Hidrocarburos, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el reintegro del titular del cargo.
Artículo 5°: La agente SERRA, Viviana Lorena (D.N.I N° 26.842.043 - Clase 1978) percibirá la diferencia salarial existente entre el cargo de revista y el cargo a subrogar de acuerdo a lo establecido en el artículo 105 de la Ley I N° 74 reglamentada por Decreto N° 116/82.
Artículo 6°: El gasto gue demande el presente trámite, será imputado en la Jurisdicción 62 - Ministerio de Hidrocarburos - SAF 62 - Ministerio de Hidrocarburos - Programa 16: Desarrollo Minero - Actividad 2 - Control de Regalías - Ejercicio 2023.
Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros, Secretarios de Estado en Ios Departamentos de Hidrocarburos, y de Gobierno y Justicia.
Artículo 8°: Registrese, comuníquese, notificase, dese al Boletín Oficial y Cumplido, ARCHÍVESE.

DECRETO N° 529/2023