RAWSON, 05 JUN 2023
VISTO:
El Expediente N° 2079/2021-MAGIyC; y
CONSIDERANDO:
Que, por el Expediente citado en el Visto, se impulsa reubicar al agente Matías Javier LEBED en el cargo Jefe de Departamento Financiero y Patrimonial - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente dependiente de la Delegación UEP - Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), en un todo acuerdo por lo dispuesto en el Articulo N° 101 de la Ley I - N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el agente Matías Javier LEBED, reúne los requisitos y condiciones de admisibilidad que establece la normativa vigente para poder acceder al cargo jerárquico antes mencionado;
Que el agente Matías Javier LEBED, quien reviste en el cargo Oficial Administrativo -
Código 3 - 002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Administrativo - Planta Permanente dependiente de la Delegación UEP - Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), quien fue designado mediante Decreto N° 674/21 a cargo de la Jefatura de División Patrimonio dependiente de la Delegación UEP - Norte de la Unidad Ejecutora del Ministerio de Agricultura, Ganadería* Industria y Comercio (UEPMAGIyC);
Que, primeramente, corresponde dejar sin efecto la designación a cargo de la Jefatura de División Patrimonio - Clase III - Categoría 12 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente dependiente de la Delegación UEP - Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), instrumentado mediante Decreto N° 674/2021, a partir de la fecha del presente decreto.-
Que, consiguientemente, deviene necesario reqbicar al agente Matías Javier LEBED en el cargo de la Jefatura de Departamento Financiero y Pátrimonial a partir de la fecha del presente decreto;
Que el presente trámite cuenta con las autorizaciones de rigor;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el cumplimiento del| presente será imputado a la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF: 101 - Unidad Ejecutora Provincial - MAGIyC - Programa: 17 - Conducción - y Administración Virch - Valdés - Actividad: 1- Conducción y Administración Virch - Valdés - Ejercicio 2023;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, ha intervenido;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención en el presente trámite;
Que la Asesoría General de Gobierno, ha tomado legal intervención en el presente trámite;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA;
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación del agente Matías Javier LEBED, (D.N.I. N° 28.055.209 - Clase: 1980), a cargo de la Jefatura de División Patrimonio - Clase III - Categoría 12 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente dependiente de
la Delegación UEP - Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), instrumentado mediante Decreto N° 674/2021, en un todo acuerdo por lo dispuesto en el Articulo N° 101 de la Ley I - N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- Reubicar al agente Matías Javier LEBED, (D.N.I. N° 28.055.209 - Clase : 1980), quien revista en el cargo Oficial Administrativo - Código 3 - 002 - Clase II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Administrativo - Planta Permanente, en el cargo Jefe de Departamento Financiero y Patrimonial - Clase II - Categoría 16 - Agrupamiento Personal Jerárquico - Planta Permanente dependiente de la Delegación UEP - Norte de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio (UEPMAGIyC), en un todo acuerdo por lo dispuesto en el Articulo N° 101 de la Ley I - N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio - SAF: 101 - Unidad Ejecutora Provincial - MAGIyC - Programa: 17 - Conducción y Administración Virch - Valdés - Actividad: 1 - Conducción y Administración Virch - Valdés Ejercicio 2023.-
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y
Justicia.-
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido
ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 628