RAWSON, 05 JUN 2023
VISTO:
El Expediente N° 1215/2023 STR; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el expedienté citado en el Visto, la Cooperativa de Trabajo San Expedito Limitada, CUIT N° 30-71495756-9, con domicilio legal en Cushamen N° 1365 de la ciudad de Trelew, Matrícula INAES N° 56.695, representada por su presidente, señor Angel Darío Valenzuela (DNI N° 25.446.188), tramita ante la Secretaría de Trabajo de la Provincia, la solicitud de un subsidio para la compra de indumentaria de trabajo;
Que atento lo expuesto y teniendo en cuenta la aptitud presupuestaria de la cartera, a fojas 01 el Secretario de Trabajo autoriza lo solicitado por un importe total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($1.468.536,92) conforme el presupuesto obrante a fojas 06;
Que los titulares de las jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos conforme Decreto N° 2424/04;
Que por Decreto N° 41/2023 se fija el valor del módulo de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 118° de la Ley II N° 76, en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL TREINTA Y SIETE ($53.037);
Que en virtud del monto objeto del presente subsidio y de acuerdo a la citada normativa, es que el mismo debe perfeccionarse mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el presente trámite se realiza conforme lo prescripto por el Artículo 37° de la Ley X N° 15, y Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: OTORGAR a la Cooperativa de Trabajo San Expedito Limitada, CUIT N° 30-71495756-9, con domicilio legal en Cushamen N° 1365 de la ciudad de Trelew, Matrícula INAES N° 56.695, representada por su presidente, señor Angel Darío Valenzuela (DNI N° 25.446.188) y su tesorero, señor Diego Andrés Larrondo (DNI N° 26.727.299), la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($1.468.536,92) en concepto de subsidio para destinarse a la adquisición de indumentaria de trabajo, de conformidad con lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°: De acuerdo a lo dispuesto por Decreto N° 1304/78, los responsables de la Cooperativa de Trabajo San Expedito Limitada detallados en el artículo 1°, dispondrán de un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición ante el Tribunal de Cuentas Provincial.
Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($1.468.536,92) será imputado en la Jurisdicción 15 - SAF 15 - Secretaría de Trabajo- Programa 18- Promoción del Cooperativismo/ 00/ 00/ A02 Fortificación/ 5- Transferencias/ 1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes/ 8- Transferencias a asociaciones civiles y cooperativas/ 01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°: Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N° 627