RAWSON,  14 JUN 2023
VISTO:
El expediente N° 781/2019 STR; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de la Asociación Obrera Textil de la República Argentina (AOT) y del Sindicato de Empleados Textiles de la Industria y Afines de la República Argentina (SETIA) en representación de los ex trabajadores dependientes de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A., en el marco del Decreto Provincial N° 837/14;
Que mediante el referido acto se propicia el otorgamiento de una ayuda social directa a los ex trabajadores de las empresas que, en situación de crisis manifiesta, han ingresado en estado de cesación de pagos de haberes;
Que el sector textil se encuentra atravesando una difícil crisis económica, convirtiéndose en un conflicto social en la ciudad de Comodoro Rivadavia;
Que es interés manifiesto del Estado Provincial, dentro de sus facultades legales, el arbitrar los medios para anticiparse a los conflictos y ofrecer soluciones a las controversias que pudieran acontecer, amalgamando los intereses de los distintos sectores y articulando las políticas públicas con el sector privado, instalando en la sociedad el concepto de “Paz Social” por el cual se ofrece una cobertura más amplia para todos los sectores;
Que éste Gobierno procura arbitrar soluciones en relación a las carencias y problemáticas que surgen, brindando contención económica para los ex trabajadores afectados;
Que la Provincia del Chubut, atendiendo la magnitud del conflicto suscitado y las posibilidades presupuestarias de la Provincia, otorgará una ayuda social directa a los ex trabajadores afectados, individualizados en el Anexo I del presente Decreto, por la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000) cada uno, por un total de CUARENTA Y TRES (43), por el período correspondiente al mes de Noviembre de 2022, ascendiendo a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($258.000);
Que resulta de público y notorio conocimiento el estado de situación imperante en la firma GUILFORD ARGENTINA S.A., cuya finalización de actividades ocurrió en el mes de Septiembre del año 2016;
Que conforme surge de la documentación adunada en autos se encuentran debidamente cumplimentados los recaudos legales establecidos en el Artículo 2o del Decreto N° 837/2014;
Que con el objetivo primero de salvaguardar el bienestar de los ex trabajadores involucrados, la subsistencia de las familias chubutenses interesadas, y promover la paz social, corresponde el otorgamiento solicitado;
Que la Secretaría de Trabajo destinará los fondos necesarios para afrontar la
erogación que demande el presente;
Que no existe impedimento formal ni legal para el dictado del presente acto administrativo;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General del Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: OTORGUESE una ayuda social directa a los ex trabajadores de la firma GUILFORD ARGENTINA S.A. individualizados en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto, por la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000) cada uno, por un total de CUARENTA Y TRES (43), ascendiendo a un importe total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($258.000), por el período correspondiente al mes de Noviembre del año 2022.
Artículo 2°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, y que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL ($258.000) se imputará con cargo en la Jurisdicción 15- SAF 15- Secretaría de Trabajo- Programa 17- Programa de Asistencia Laboral/ 00/ 00/ A04- Trabajar para Incluir/ 5 - Transferencias/1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes/ 4- Ayuda social a personas/ 01 - Fuente de Financiamiento 3.47 - Ejercicio 2023.
Artículo 3o: El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°: REGÍSTRESE, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y /cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 685/2023
ANEXO 1
CUIL	                     APELLIDO Y NOMBRE
20239051570	ALMENDRA ARIEL HIPOLITO
20295852411	ALMONACID ALEJANDRO SANTIAGO
20298582563	ANGEL OMAR JESUS
20248655578	AVILA ALBERTO MIGUEL
20171297703	BORUTA PABLO GERARDO
20176228947	CABRERA LUIS OSCAR
20184602548	CARRIZO RUBEN OMAR
24254375167	CHAILE ADRIAN RODOLFO
20257220207	DELGADO LUIS FERNANDO
27292394832	DIAZ MARISA DEL CARMEN
20170607806	ESCALANTE PEDRO FRANCISCO
20271981318	ESPINOZA RICARDO ANDRES
20243028362	FLORENTINO SERGIO MARTIN
23163637669	FONTEÑEZ MARCOS ARMANDO
20313508146	GIANELLI MARTIN EMILIANO
20255731867	GODOY MARCELO DARIO
,20180924214	GONZALEZ LUIS RICARDO
20261414067	GONZALEZ JORGE ALBERTO
20174464384	HERNANDEZ JOSE RAUL
20186535880	HERRERA CASAS MANUEL ALBERTO
20309550715	IGOR CORDOBA FRANCO HERNAN
20177294099	MAMANI ERNESTO DOMINGO
20233899047	PALACIO DARDO ALBERTO
23309109279	PEREA LEANDRO RODRIGO
20205897462	QUISPE ANTONIO AMADO
20927177944	RADDATZ ALMONACID EUGENIO ENRIQUE
23171293049	RAMOS RAMON DOMINGO
20173414871	REALES JOSE HORACIO
¡20229346645	REDEL VICTOR ALFREDO
¡20286472452	RIVAROLAJUAN DE LA CRUZ
¡23179919079	RUIZ MIGUEL ANGEL
¡20347735443	SEGOVIA LEONARDO FABIAN
¡20305784614	TORALES FABIAN EDUARDO
20259621209	VIAN HUMBERTO MARTIN
20268928929	ZARATE EDGARDO ¡VAN
20163633532	CARDENAS CARLOS OMAR
¡20200955022	DIAZ ALBERTO RUBEN
20243022127	LATORRE JOSE HERNAN
20289444808	MONZON GUSTAVO RAMON
20321191208	MARTINEZ DARIO
23284033949	VOSILA HICTOR NICOLIS
¡20283983561	MAZA CLAUDIO ROBERTO
¡20174737089	ARGOTA PABLO ALEJANDRO