L E Y I N° 753
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Establecer como Autoridad de Aplicación de la Ley VIII N°129 a la Subsecretaría de Políticas de Géneros y Diversidad dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud u organismo que en el futuro la reemplace.
Artículo 2°: Establecer como Autoridad de Aplicación de la Ley XV N°26 a la Subsecretaría de Políticas de Géneros y Diversidad dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud u organismo que en el futuro la reemplace.
Artículo 3°: Establecer como Autoridad de Aplicación de la Ley VI N°23 a la Subsecretaría de Políticas de Géneros y Diversidad dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, Familia, Mujer y Juventud u organismo que en el futuro la reemplace.
Artículo 4°,- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT, AL PRIMER DÍA DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTITRÉS.
RAWSON, 14 JUN 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
El proyecto de ley referente a establecer las autoridades de aplicación de las Leyes VIII N° 129, XV N° 26 y VI N° 23; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 1° de junio de 2023, y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por ley de la Provincia: I N°753
Cúmplase, comuníquese y oportunamente publíquese en el Boletín Oficial.-
DECRETO N° 697