RAWSON, 2 2 JUN 2023
VISTO:
El Expediente N° 604/23 MS; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente del Visto, el Ministerio de Salud solicita autorización para contratar con la Sra. Marcia Cecilia CABALLERO el alquiler de un inmueble de propiedad de esta última, destinado a vivienda unifamiliar para la funcionaría titular de la Subsecretaría de Planificación y Capacitación del Ministerio de Salud, por el plazo de treinta y seis meses;
Que dicho requerimiento se funda en la necesidad de contar con dicha vivienda para la radicación de la citada subsecretaría en la ciudad de Rawson;
Que según consta a fojas 26/27 la Sra. Caballero es agente del Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut;
Que conforme lo previsto por el Artículo 102° Inciso b) de la Ley II N° 76, no podrán ser admitidos a contratar con la Administración Provincial los agentes del Sector Público, con las excepciones que el Poder Ejecutivo establezca con fundamento en la especialidad o el carácter de único proveedor;
Que de acuerdo a lo informado a fs. 04, la inexistencia de viviendas oficiales disponibles para el personal del Ministerio de Salud en la localidad de Rawson, la escasez de opciones alternativas al momento de alquilar y lo razonable del valor locativo ofrecido, habilitan a contratar en forma directa la locación de un inmueble con dicho objetivo;
Que la locación de inmuebles destinados a casa habitación de los funcionarios que indica el Decreto N° 176/94, entre los que se encuentra el cargo de subsecretario, se haya regulado por el Decreto N° 919/00, estableciendo como recaudo para su procedencia, la inexistencia de disponibilidad de viviendas de propiedad del Estado Provincial para el cumplimiento de tal finalidad;
Que en cuanto a la vivienda que se pretende alquilar sita en calle Embarcación Don Roberto N° 1367 Unidad 9 de la villa balnearia Playa Unión de Rawson, se destacan sus aptitudes edilicias para cumplimentar con el fin perseguido y la ausencia de otros oferentes que pudieran satisfacer la totalidad de los recaudos administrativos exigibles por la normativa de contratación;
Que ante las circunstancias expuestas, el Ministerio de Salud solicita se autorice a contratar en alquiler el referido inmueble en virtud de resultar su propietario único proveedor;
Que en tales condiciones y dado el destino del inmueble, resulta viable que este Poder Ejecutivo autorice en forma excepcional la contratación conforme la posibilidad que confiere la norma citada;
Que el servicio jurídico del Ministerio de Salud se ha expedido respecto de la viabilidad del presente trámite;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA
Artículo 1°: Exceptuar a la sra. Marcia Cecilia CABALLERO (D.N.I N° 21.712.297) de lo dispuesto en el Artículo 102° Inciso b) última parte de la Ley II N° 76, a efectos de que el Ministerio de Salud realice el procedimiento administrativo para formalizar la locación del inmueble sito en calle Embarcación Don Roberto N° 1367 Unidad 9 del Complejo Costa del Sol de Playa Unión de la ciudad de Rawson, propiedad de la nombrada.-
Artículo 2°: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Gobierno y de Salud.-
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHI¬VESE. DECRETO N° 715