RAWSON, 17 JUL 2023
VISTO:
Los Expedientes N° 668-SGG-2023, 118-SGPyME-2023 y 125-SGPyME-2023; y CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 668-SGG-2023, la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno, solicita crédito presupuestario en la Fuente de Financiamiento 3.68, a efectos de proseguir con los trámites enunciados a fojas 3 y 4 correspondientes a la adquisición de computadoras para la Dirección General de Registros y los bienes de uso detallados a fojas 5 del mismo;
Que por el Expediente N° 118-SGPyME-2023, la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno, solicita crédito presupuestario en la Fuente de Financiamiento 3.68, destinado a la adquisición de equipamiento para recambio de nodos de fibra ótica de acuerdo a lo requerido a fojas 1 del mismo;
Que por el Expediente N° 125-SGPyME-2023, la Dirección General de Administración de la Secretaría General de Gobierno, solicita crédito presupuestario en la Fuente de Financiamiento 3.68, destinado a la adquisición de activos de red de la Provincia de acuerdo a lo requerido a fojas 2 del mismo;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 2, inciso d) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Personal, Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, en la Jurisdicción 10, S.A.F. 10 - SAF Secretaría Genera I de Gobierno, en la Jurisdicción 26, S.A.F. 26 - SAF Secretaría de Gestión Pública y Modernización del Estado y en la Jurisdicción 68, S.A.F. 68 - SAF Secretaría de Bosques, de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1 a 4, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable
Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas, cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 812-