RAWSON, 17 JUL 2023
VISTO:
El Expediente N° 656-SGG-2023; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, se gestiona modificar las misiones y funciones de los Departamentos Sueldos y Haberes, ambos dependientes de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, establecidas en el Decreto N° 608/22 - Anexo N° XI (hojas 20 y 21), a partir de la fecha del presente decreto;
Que se deberán aprobar las misiones, funciones, modificadas en el Considerando que antecede, conforme el Anexo A (hojas 1 y 2), a partir de la fecha del presente decreto;
Que lo solicitado, se debe a la reestructuración para un mejor funcionamiento de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno;
Que la Dirección General de Administración de Personal interviene en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificar las misiones y funciones de los Departamentos Sueldos y Haberes, ambos dependientes de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, establecidas en el Decreto N° 608/22 - Anexo N° XI (hojas 20 y 21), a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 2°.- Aprobar las misiones y funciones de los Departamento Sueldos, y Haberes, ambos dependientes de la Dirección de Despacho y Personal - Dirección General de Administración de Personal - Secretaría General de Gobierno, conforme el Anexo A (hojas 1 y 2), a partir de la fecha del presente decreto.-
Artículo 3°.- Anótese en la marginal del Decreto N° 608/22.-
Artículo 4°.- Remítase copia autenticada a la Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría General de Gobierno para su toma de razón.-
Artículo 5°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 814
ANEXO A (hoja 1)
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
DIRECCION DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO SUELDOS
MISIÓN:
- Será responsable de todo lo relacionado con la liquidación de haberes de la Dirección General Casa de la Provincia del Chubut SAF: 11, dependiente de la Secretaría General de Gobierno.
FUNCIONES:
- Liquidar los sueldos u otras remuneraciones, confeccionar legajos de personal, Procesar información de agentes afectados a las plantas permanente, temporaria y transitoria.
- Confeccionar las certificaciones de sueldos y de servicios (por renuncia, jubilación etc).
- Confección y control de legajos de asignaciones familiares.
- Ejecutar los ajustes de haberes correspondientes al personal.
- Control de altas y bajas de personal en el Sistema Red del Instituto de Seguridad Social y Seguros.
-Liquidaciones complementarias del Servicio Administrativo Financiero 11, Dirección General Casa de la Provincia del Chubut.
- Suscribir los pedidos de libramientos de partidas para el pago de haberes.
- Supervisar la confección de legajos y el mantenimiento del archivo de todo instrumento legal de respaldo de las liquidaciones.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Estudios secundarios completos con cinco (5) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial en tareas similares.
ANEXO A
(hoja 2)
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION DE PERSONAL
DIRECCION DE DESPACHO Y PERSONAL
DEPARTAMENTO HABERES
MISIÓN:
- Sera responsable de todo lo relacionado con la liquidación de haberes de la Secretaría General de Gobierno.
FUNCIONES:
- Ejecutar la liquidación de haberes, jornadas u otras remuneraciones al personal de la Secretaría General de Gobierno.
- Liquidar los haberes del personal de la Secretaria General de Gobierno, salvo al personal de la Dirección General de Canal 7 y Dirección General Casa de la Provincia del Chubut.
- Controlar las certificaciones de haberes de los agentes que se les haya liquidado por este servicio administrativo.
- Efectuar los ajustes de haberes correspondiente al personal.
- Realizar toda otra tarea inherente a la liquidación de haberes al personal.
- Suscribir los pedidos de libramientos de partidas para el pago de haberes.
- Supervisar la confección de legajos de haberes y su archivo.
- Efectuar el control de altas y bajas del personal en el Sistema Red del Instituto de Seguridad Social y Seguros.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
- Estudios secundarios completos o con cinco (5) años de antigüedad en la Administración Pública Provincial en tareas similares.