RAWSON, 20 JUL 2023

VISTO:

El Expediente N° 2708-MGyJ-2023 y 2760-MGyJ-2023; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración
Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 2708-MGyJ-2023, el Ministerio de Gobierno y Justicia,
solicita crédito presupuestario destinado a tramitar el subsidio a la Municipalidad^ Puerto
Madryn a fines de cubrir el desfasaje financiero sufrido en éste último período por lo que, a
efectos de gestionar dicho pedido y luego de analizar la disponibilidad presupuestaria por
parte de la Dirección General de Presupuesto y Finanzas, se realiza la compensación de
créditos del S.A.F. 50 y del S.A.F. 91 al S.A.F, 20, en la Fuente de Financiamiento 1.11;
Que por el Expediente N° 2760-MGyJ-2023, el Ministerio de Gobierno y Justicia,
solicita crédito presupuestario destinado a procurar el financiamiento del “Fondo Partidario
Permanente” (FPP) a fines de afrontar el gasto que demandará la impresión de las boletas
electorales para el funcionamiento de los comicios relacionados con la convocatoria a
elecciones según Decreto N° 421/23, a efectuarse el día 30 de Julio del corriente año en
todo el territorio de la Provincia del Chubut por lo que, a efectos de gestionar dicho pedido
y luego de analizar la disponibilidad presupuestaria por parte de la Dirección General de
Presupuesto y Finanzas, se realiza la compensación de créditos del S.A.F. 50 al S.A.F. 20,
en la Fuente de Financiamiento 1.11;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a) 2 y 4 de la
Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos
asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias,
Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o
Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en
detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con
distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable
Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Erogaciones de la
Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023,
en la Jurisdicción 20, S.A.F. 20 - SAF Ministerio de Gobierno y Justicia, en la Jurisdicción
50, S.A.F. 50 - SAF Ministerio de Educación y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF
Obligaciones a cargo del Tesoro de acuerdo al detalle obrante en las planillas anexas N° 1
y 2, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de
Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable
Legislatura.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría
General de la Provincia. Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto, Finanzas, cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 831/2023

Planillas anexas en el original