RAWSON, 25 JUL 2023
\/ISTO:
El Expediente N° 2810-MGyJ-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 2810-MGyJ-2023, el Ministerio de Gobierno y Justicia, solicita crédito presupuestario a fin de poner a disposición del Tribunal Electoral Provincial de los fondos requeridos para afrontar los gastos que demandará el funcionamiento de los comicios relacionados con la convocatoria a elecciones según Decreto N° 421/23, a efectuarse el día 30 de Julio del corriente año en todo el territorio de la Provincia del Chubut por lo que, a efectos de gestionar dicho pedido y luego de analizar la disponibilidad presupuestaria por parte de la Dirección General de Presupuesto y Finanzas, se realiza la compensación de créditos del S.A,F. 25 al S.A.F. 20, en la Fuente de Financiamiento 1.11, para poder imputar el convenio de colaboración entre Gendarmería Nacional Argentina y el Tribunal Electoral de la Provincia del Chubut;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a).2 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificase el Presupuesto de Erogaciones y el Cálculo de Recursos de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023 en la Jurisdicción 20, S.A.F. 20 - SAF Ministerio de Gobierno y Justicia y en la Jurisdicción 10, S.A.F. 25 - SAF Subsecretaría de Información Pública, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 852