RAWSON, 31 JUL 2023
VISTO:
El expediente N° 1690-MSeg-2022; y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el visto, se propone la recategorización de la agente Rocío Macarena GONZALEZ, quien revista el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, ambos cargos de la Planta Permanente del Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación de Gestión del Ministerio de Seguridad, conforme el artículo 100° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que por lo expuesto en el considerando que antecede, en primera instancia corresponde dejar sin efecto la designación de la agente Rocío Macarena GONZALEZ, en el cargo de Secretaria Privada del Ministro de Seguridad, designada mediante Decreto N° 42/2022, a partir de la fecha del presente decreto;
Que posteriormente corresponde recategorizar en los términos citados en el primer considerando, a partir de la fecha del presente decreto;
Que se propicia designar en el cargo Secretaria Privada del Ministro de Seguridad a la agente Rocío Macarena GONZALEZ, a partir de la fecha del presente decreto;
Que asimismo corresponde reservar el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Permanente del Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación de Gestión del Ministerio de Seguridad, a la agente Rocío Macarena GONZALEZ, conforme el artículo 20° en concordancia con el artículo 14° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto y a partir de la fecha del mismo;
Que a tal efecto corresponde adecuar el Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación de Gestión del Ministerio de Seguridad, eliminándose un (1) cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente e incrementándose un (1) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14, del mismo Agrupamiento y Planta, conforme a lo establecido en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto, y a partir de la fecha del mismo;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad, Ejercicio 2023;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Fiscalización de Personal del Ministerio de Seguridad;
Que la Dirección General de Legales del Ministerio de Seguridad ha intervenido el presente trámite;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Modificar el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en
la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad, conforme se detalla en el Anexo L que forma parte integrante del presente decreto y a partir de la fecha del mismo.
Artículo 2°.- Adecuar el Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación de Gestión del Ministerio de Seguridad, eliminándose un (1) cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo - Planta Permanente e incrementándose un (1) cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14, del mismo Agrupamiento y Planta, conforme a lo establecido en el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto, y a partir de la fecha del mismo.
Artículo 3°.- Dejar sin efecto la designación de la agente Rocío Macarena GONZALEZ (D.N.I. N° 35.887.162 - Clase 1991), en el cargo Secretaria Privada del Ministro de Seguridad, nombrada mediante Decreto N° 42/2022, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 4°.- Recategorizar a la agente Rocío Macarena GONZALEZ (D.N.I . N°
35.887.162 - Clase 1991), quien revista el cargo Oficial Administrativo - Código 3-002 - Nivel II - Categoría 10 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, en el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I - Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, ambos cargos de la Planta Permanente del Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación de Gestión del Ministerio de Seguridad, conforme el artículo 100° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 5°.- Designar en el cargo de Secretaria Privada del Ministro de Seguridad a la agente Rocío Macarena GONZALEZ (D. N. I. N° 35.887.162 – Clase 1991) a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 6o°.-Reservar el cargo Oficial Superior Administrativo - Código 3-001 - Nivel I
- Categoría 14 - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Permanente del Plantel Básico de la Subsecretaría de Coordinación de Gestión del Ministerio de Seguridad, a la agente Rocío Macarena GONZALEZ (D.N.L N° 35.887.162 - Clase 1991) conforme los artículos 14° y 20° de la Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 7°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 9 - Ministerio de Seguridad - SAF 9 - Ministerio de Seguridad - Programa 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Actividad 1 - Conducción Ministerio de Seguridad - Ejercicio 2023.
Artículo 8°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los departamentos de Seguridad, de Gobierno y Justicia, y de Economía y Crédito Público.
Artículo 9°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido,
ARCHÍVESE. -
DECRETO N° 899