RAWSON, 02 AGO 2023
VISTO:
El Artículo 155 inciso 3o de la Constitución de la Provincia del Chubut; y
CONSIDERANDO:
Que se propone designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Jorge Aníbal ROLDAN, en los términos previsto en el Artículo 66° Ley 1 N° 74, a partir de la fecha del presente decreto;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por la Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Designar como Personal de Gabinete en el ámbito del Ministerio de Gobierno y Justicia, al señor Jorge Aníbal ROLDAN (DNI N° 22.453.919 - Clase 1972) en los términos previstos en el Artículo 66° Ley I N° 74, a partir de la fecha del presente decreto.
Artículo 2°.- Asignar al funcionario designado en el Artículo anterior una remuneración equivalente al cargo de Director General.
Artículo 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia, Actividad 1: Conducción del Ministerio de Gobierno y Justicia. Ejercicio 2023.
Artículo 4°.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N° 920