RAWSON, 10 AGO 2023
VISTO:
El Expediente N° 795-MGyJ- 2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita el pago a la agente loana Valeria Elizabeth BARCENA, cargo Abogado “C”, Código 4-003, Clase IH, Agrupamiento Personal Profesional, Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, designada a cargo de la Dirección de Asesoría Jurídica Social, mediante Decreto N° 266/17, del Adicional por Jerarquía Profesional, establecido en el Artículo 22° inc. f) de la Ley I N° 74, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto;
Que debido a un error involuntario se omitió agregar en el Decreto N° 266/17, el pago por Jerarquía Profesional que requiere el cargo de Director de Asesoría Jurídica Social;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia aprobado por la Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 34: Subsecretaría de Derechos Humanos, Actividad 1: Promoción y Defensa de los Derechos Humanos;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
D E C R E T A:
Artículo 1°.- Otorgar a la agente loana Valeria Elizabeth BARCENA (DNI N° 29.066.595- Clase 1981), cargo Abogado “C”, Código 4-003, Clase III, Agrupamiento Personal Profesional, Planta Permanente del Plantel Básico de la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, designada a cargo de la Dirección de Asesoría Jurídica Social, mediante Decreto N° 266/17, el Adicional por Jerarquía Profesional, establecido en el Artículo 22° inc. f) de la Ley I N° 74, reglamentado por Decreto N° 1330/81, a partir de la fecha del presente decreto
Artículo 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 34: Subsecretaría de Derechos Humanos, Actividad 1: Promoción y Defensa de los Derechos Humanos. Ejercicio 2023.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido. ARCHÍVESE.
DECRETO N° 951