RAWSON, 15 AGO 2023
VISTO:
El expediente N° 2523/2023 STR; y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente referido en el Visto, tramita la solicitud efectuada por la presidente de la Cooperativa de Trabajo Agroagrícola El Triunfo Patagónico Limitada, señora Nelida Formino, de un subsidio que se destinará a la compra de indumentaria de trabajo para asociados de la entidad;
Que atento. lo expuesto, a fojas 01 el Secretario de Trabajo de la Provincia, autorizó lo solicitado por la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS ($5.095.321,60) conforme el presupuesto de fojas 02;
Que los titulares de las jurisdicciones se encuentran facultados a otorgar subsidios hasta la suma equivalente a veinticuatro (24) módulos conforme lo dispone . el Decreto N° 2424/04;
Que en virtud del monto objeto del presente subsidio y de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente, el mismo debe perfeccionarse mediante acto administrativo del Poder Ejecutivo Provincial;
Que el presente trámite se realiza conforme lo proscripto por el artículo 37° de la Ley X N° 15, y Decreto N° 1304/78 y modificatorios;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°: OTORGAR a favor de la Cooperativa de Trabajo Agroagrícola El Triunfo
Patagónico Limitada (CUIT N° 30-71725101-2) con domicilio legal en la ciudad de Trelew, representada por su presidente, señora Nélida Cristina Formino (DNI N° 5.613.335) y su tesorera, señora Noelia Natalia Collazo (DNI N° 27.764.794) la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS ($5.095.321,60) en concepto de subsidio para destinarse a la compra de indumentaria de trabajo, en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2°: De acuerdo a lo proscripto por el Decreto N° 1304/78, se fija un plazo de treinta (30) días para la utilización de los fondos en el objeto para el cual fueran asignados y sesenta (60) días para su rendición ante el Tribunal de Cuentas Provincial.
Artículo 3°: Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depósito en la cuenta N° 203443-007 del Banco del Chubut S.A., a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Artículo 4°: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto y que asciende a la suma total de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA CENTAVOS ($5.095.321,60) será imputado en la Jurisdicción 15 -SAF 15 - Secretaría de Trabajo- Programa 18- Promoción del Cooperativismo/ 00/ 00/ A02/ Fortificación/ 5- Transferencias/ 1- Transferencias al sector privado para gastos corrientes/ 8- Transferencias a asociaciones civiles y cooperativas/ 01- Fuente de Financiamiento 3.47- Ejercicio 2023.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento: de Gobierno y Justicia.
Artículo 6°: Regístrese, notifíquese, comuníquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.
DECRETO N° 965/2023