RAWSON, 2 3 AGO 2023
VISTO:
El Expediente N° 2037 -MGyJ-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se solicita la mensualización de la señora Ana María ITURRA, en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023;
Que excepcionalmente se admite el ingreso superando el límite de edad de la señora Ana María ITURRA, encuadrándose en el Artículo 2, Inciso d), segundo párrafo, Ley I N° 74;
Que el presente trámite cuenta con las autorizaciones correspondientes;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, se encuentra previsto en el Presupuesto General de la Provincia, aprobado por Ley II N° 282;
Que el gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil- Comarca del VIRCH- Valdés;
Que la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia ha tomado intervención;
Que la Dirección General de Administración de Personal ha tomado intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°,- Mensualizar ala señora Ana María ITURRA (DNI N° 17.129.054 - Clase 1964), en el cargo Ayudante Administrativo, Código 3-004, Clase IV, Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, Planta Temporaria del Plantel Básico de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno y Justicia, a partir de la fecha del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2°.-El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será afectado a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, SAF 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Programa 18: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Actividad 1: Registro Civil - Comarca del VIRCH- Valdés. Ejercicio 2023.
Artículo 3°.- EI presente decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, modificase, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
DECRETO N° 983/2023