RAWSON, 23 AGO 2023
VISTO:
El Expediente N° 1841-MGyJ-22; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente citado en el Visto, consta el Convenio Ejecutivo, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Paso del Sapo para la ejecución de la obra “Construcción de un (01) monoambiente del Prototipo Rural de Obra Delegada e Infraestructura, en la Comuna Rural de Paso del Sapo” firmado el 11 de Abril de 2022 y protocolizado el 13 de Abril de 2022 al Tomo 1, Folio 299, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que del Convenio citado resulta que el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano se obliga a aportar la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO CON NOVENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 2.616.318,94.-), acordados en el Convenio Ejecutivo, necesarios para la ejecución de la obra “Construcción de un (01) monoambiente del Prototipo Rural de Obra Delegada e Infraestructura, en la Comuna Rural de Paso del Sapo”;
Que en virtud a lo establecido en el artículo 171° de la Ley XVI N° 46 y artículos 1o, 5o y 11o de la Ley XVI N° 93, las Comunas Rurales continuarán bajo la dependencia administrativa del Poder Ejecutivo;
Que corresponde dar cuenta a la Honorable Legislatura de esta Provincia del Convenio que en este acto se ratifica, a los efectos de su aprobación;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratificar en todos sus términos el Convenio Ejecutivo, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Paso del Sapo para la ejecución de la obra “Construcción de un (01) monoambiente del Prototipo Rural de Obra Delegada e Infraestructura, en la Comuna Rural de Paso del Sapo” firmado el 11 de Abril de 2022 y protocolizado el 13 de Abril de 2022 al Tomo 1, Folio 299, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno.-
Articulo 2°.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut del Convenio que por este acto se ratifica, a los efectos de su aprobación.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.-
DECRETO N° 984/2023