RAWSON, 29 AGO 2023
VISTO:
El Expediente N° 03780-MGYJ-22; y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente citado en el Visto, consta el Convenio Ejecutivo, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Gastre, para la ejecución de la obra “Construcción de tres (3) viviendas de dos (2) dormitorios, en la localidad de Gastre”, firmado el 31 de Agosto de 2022 y protocolizado el 07 de Septiembre de 2022 al Tomo 3, Folio 241, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que del Convenio citado resulta que el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano se obliga a aportar en lugar de la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($3.680.439,75.-), acordados en el Convenio Compromiso firmado en fecha 21 de Abril de 2016 y protocolizado en fecha 26 de Abril de 2016 al Tomo 2, Folio 114 de la Escribanía General de Gobierno, la suma de PESOS QUINCE MILLONES OCHENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO CON OCHENTA CENTAVOS ($ 15.080.824,80.-), necesarios para la ejecución de la obra “Construcción de tres (3) viviendas de dos (2) dormitorios, en la localidad de Gastre”;
Que en virtud a lo establecido en el artículo 171° de la Ley XVI N° 46 y artículos 1°, 5° y 11° de la Ley XVI N° 93, las Comunas Rurales continuarán bajo la dependencia administrativa del Poder Ejecutivo;
Que corresponde dar cuenta a la Honorable Legislatura de esta Provincia del Convenio que en este acto se ratifica, a los efectos de su aprobación;
Que la Dirección General de Asuntos Legales, dependiente del Ministerio de Gobierno y Justicia, ha tomado debida intervención;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Ratificar en todos sus términos el Convenio Ejecutivo, suscripto entre el Instituto Provincial de la Vivienda y Desarrollo Urbano y la Comuna Rural de Gastre, para la ejecución de la obra “Construcción de tres (3) viviendas de dos (2) dormitorios, en la localidad de Gastre”, firmado el 31 de Agosto de 2022 y protocolizado el 07 de Septiembre de 2022 al Tomo 3, Folio 241, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno.-
Articulo 2°.- Dése cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut del Convenio que por este acto se ratifica, a los efectos de su aprobación.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4° - Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1038