RAWSON,13 SEP 2023
VISTO:
El Expediente N° 3333-MGyJ-2023; y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita un subsidio a favor de la Comuna Rural de Buen Pasto, representada por su Presidente señora Juana Mabel RODRIGUEZ, destinado a cubrir desequilibrios financieros;
Que la Presidente de la Comuna Rural de Buen Pasto será la responsable de la administración y rendición del aporte económico otorgado;
Que el otorgamiento del subsidio asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES ( 3.000.000.-);
Que corresponde encuadrar el presente trámite dentro del régimen legal establecido en el Decreto N° 1304/78 y sus modificaciones;
Que ha emitido Dictamen la Dirección General de Asuntos Legales dependiente del
Ministerio de Gobierno y Justicia;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Otorgase un subsidio por la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-) a la Comuna Rural de Buen Pasto (C.U.I.T. N° 30-67028762-5), representada por su Presidente señora Juana Mabel RODRIGUEZ (D.N.I. 32.564.558), destinado a cubrir desequilibrios financieros.-
Artículo 2°.- El subsidio otorgado deberá ser intervenido dentro de los ciento veinte (120) días de recepcionado y rendido ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los sesenta (60) días de su inversión. -
Artículo 3°.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados mediante cheque, giro o depositados en la cuenta N° 203443/7 a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición en el Tribunal de Cuentas de la Provincia. -
Artículo 4°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto y que asciende a la suma total de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-), se imputará a la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia / Saf: 20 / Saf: del Ministerio de Gobierno y Justicia / Ubicación Geográfica: 11999 - Ámbito provincial / Programa 19: Subsecretaría de Asuntos Municipales / Actividad 01: Conducción de la Subsecretaria de Asuntos Municipales / Inciso: 05 / Partida Principal 07: Transferencias a instituciones provinciales y municipales para financiar gastos corrientes / Partida Parcial 06: Aportes a gobiernos municipales / Fuente de Financiamiento N° 1.11 / Rentas Generales / Ejercicio 2023.-
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Gobierno y Justicia. -
Artículo 6°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido
ARCHÍVESE.-

DECRETO N° 1086