RAWSON, 14 SEP 2023

VISTO;

El Expediente N° 1657-EC-2023 y;

CONSIDERANDO:

Que por Ley II N° 282 se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 1657-EC-2023, la Subsecretaría de Coordinación Financiera solicita compensar partidas presupuestarias en la Fuente de Financiamiento 1.11, para Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, y a efectos de reímputar la deuda a abonar al proveedor ARNEZ PATAGÓNICA SRL en el función del Artículo 1o de la Resolución N° 324-EC-2023 y en el marco de la Resolución N° 293-EC-2021;
Que por la Ley VI N° 18 se creó Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta, y se la designó autoridad de aplicación y fiscalización de toda la actividad deportiva y física que se realice en la provincia con competencia en todo lo inherente a las atribuciones, poder de policía, derechos y actividades vinculadas con la promoción, asistencia, fiscalización y ejecución de planes vinculados con las actividades deportivas y recreativas en todas sus expresiones;
Que el Gobierno Provincial, tiene entre sus políticas la de promover la realización de actividad física y deportiva como instrumento para mejorar el bienestar de las personas y su desarrollo personal pleno, y para propender -a través de ella- a la integración social, proyectando y ejecutando distintos planes, programas y acciones a esos fines; sea de manera individual o vinculándose con distintos actores públicos o privados;
Que Chubut Deportes SEM, como ente de gestión deportiva provincial y ejecutor de las políticas vinculadas con la actividad deportiva, tiene entre sus objetivos promover y apoyar toda acción vinculada con la inclusión social por medio del deporte en todo el territorio provincial, y propender a garantizar la igualdad de oportunidades y acceso a la práctica deportiva y actividad física de los habitantes de la Provincia del Chubut;
Que el Presidente de Chubut Deportes SEM solicita a fojas 4 se transfiera la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 813.642,73.-), a los efectos de poder hacer frente al pago de la deuda consolidada mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 324-EC-2023;
Que por lo expuesto, corresponde llevar a cabo la transferencia solicitada;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 13°, apartado 1, inciso a).2 y 4 de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a compensar entre distintos incisos los créditos asignados a Bienes de Consumo, Servicios no Personales, Bienes de Uso, Transferencias, Activos Financieros y Servicios de la Deuda cuando involucren distintas Jurisdicciones y/o Finalidades; siempre y cuando ello no implique incremento de gastos corrientes en detrimento de gastos de capital o aplicaciones financieras; y cuando involucren partidas con distintas Finalidades, serán comunicadas dentro de los diez (10) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

DECRETA:

Artículo 1°.- Modificase al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados, en la Jurisdicción 90, S.A.F. 90 - SAF Servicio de la Deuda Pública, y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Autorizase al Área de Obligaciones del Tesoro y Servicio de la Deuda a transferir a Chubut Deportes Sociedad de Economía Mixta la suma total de PESOS OCHOCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 813.642,73.-), a los efectos de poder hacer frente al pago de la deuda consolidada mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 324-EC-2023; Artículo 3° - El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 94, Actividad 6: Aportes a Sociedades del Estado, en la Partida 5.1.9, Fuente de Financiamiento 1.11, Ejercicio 2023.-
Artículo 3°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 4°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 5°.- Registrese , comuniquese ,dese ál Boletín Oficial, tome nota la Contaduría
de la Provincia, Dirección de Administración de Obligaciones del Tesoro y Servicios de la Deuda, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE-

DECRETO N° 1109/2023

Modificación Presupuestaria N°31712

Compensación Inter-jurisdiccional - Ejercicio 2023
Gastos: 1.90.090 Servicio de la Deuda Pública
Gastos: 1.91.091 Obligaciones a Cargo del Tesoro
Partida Monto
1. Origen: Servicio de la Deuda Pública
93.00.00.A03.7.1.1.01.1.11
AO: Otras Deudas de la Administración Provincial - FinFun: 5.1.1
-C.Eco:2.1 $-813.643,00
Total: $-813.643,00
2. Destino: Obligaciones a Cargo del Tesoro
94.00.00.A06.5.1.9.01.1.11
AO: Aportes a Sociedades del Estado - FinFun: 3.4.5 - C.Eco :
2.1 $ 813.643,00
Total: $813.643,00