RAWSON,18 SEP 2023
VISTO:
Los Expedientes N° 3526-MS-2023; y
CONSIDERANDO:'
Que por Ley II N° 282, se aprueba el Presupuesto General de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el ejercicio 2023;
Que por el Expediente N° 3526-MS-2023, el Ministerio de Salud solicita incremento presupuestario en la Fuente de Financiamiento 5.03, a efectos de registrar los fondos provenientes de dos Convenios celebrados entre la Agencia Nacional de Discapacidad y el Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut, el primero destinado a financiar la creación de un Banco Descentralizado de Ayudas Técnicas en el marco del Programa de Banco Descentralizado de Ayudas Técnicas, y el segundo destinado a financiar la adquisición de un transporte institucional adaptado para el traslado de personas con discapacidad en el marco del Programa de Transporte Institucional para Juntas Evaluadoras Interdisciplinarias Itinerantes;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 15° inciso a) de la Ley II N° 282, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto los recursos provenientes de aportes que se asignen con fines específicos; esta modificación será comunicada dentro de los treinta (30) días a la Honorable Legislatura para su conocimiento;
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado legal intervención;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
DECRETA:
Artículo 1°.- Incorpórase al Cálculo de Recursos y al Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2023, la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVENTA Y TRES ($ 39.859.093,00.-) en la Jurisdicción 70, SAF 70 - SAF Ministerio de Salud, de acuerdo al detalle obrante en la planilla anexa N° 1, que forma parte del presente Decreto.-
Artículo 2°.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Artículo 3°.- El presente Decreto, será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Gobierno y Justicia.-
Artículo 4°,- Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Oficial, tome nota la
Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Presupuesto y Finanzas y cumplido ARCHÍVESE.-
DECRETO N° 1116
Planilla Anexa N° 1
Modificación Presupuestaria N° 31704
Incremento - Ejercicio 2023
Recursos: 1.70.070 Ministerio de Salud
Gastos: 1.70.070 Ministerio de Salud
Partida
1. Recursos: Ministerio de Salud
17.2.1.01.5.03
AO: Fondo Compensación Ley XXIV N° 79 Consenso Punto I c.) -
FinFun: - C.Eco : 1.1
Total:
2. Gastos: Ministerio de Salud
51.00.00.A01.4.3.2.01.5.03
AO: Atención Integral de la Discapacidad - FinFun: 3.2.1 - C.Eco :
2.2
51.00.00.A01.4.3.3.01.5.03
AO: Atención Integral de la Discapacidad - FinFun: 3.2.1 - C.Eco :
2.2
Total:
Monto
.... $ 39.859.093,00
.... $ 39.859.093,00
.... $ 29.899.800,00
$ 9.959.293,00
.... $ 39.859.093,00